Tribunal de Apelación
La decisión del Tribunal de Apelación de La Haya pone muy difícil para los herederos del sultanato de Sulú un resultado favorable para sus pretensiones.

La Haya tampoco reconoce el laudo del árbitro español favorable a los herederos del sultán de Sulú contra Malasia

27 / 06 / 2023 13:14

Actualizado el 27 / 06 / 2023 17:26

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Tras la reciente sentencia del Tribunal de Apelación de París, el Tribunal de Apelación de La Haya (Países Bajos) se ha pronunciado en la misma línea, rechazando la solicitud presentada por los herederos del sultanato de Sulú para que reconociera e hiciera ejecutar el laudo arbitral de 14.900 millones de dólares (13.616 millones de euros) contra Malasia dictado en febrero de 2020 por el árbitro español, Gonzalo Stampa.

El tribunal neerlandés ha dictaminado hoy que el laudo de 2022 concedido por Stampa a las ocho personas que alegan ser herederos del sultanato de Sulú no puede ser reconocido ni ejecutado en los Países Bajos contra activos de Malasia.

Los demandantes intentaron embargar los activos de la compañía petrolera nacional de Malasia Petronas en Luxemburgo y en los Países Bajos, así como parte de la embajada del país en Francia, en un intento de hacer cumplir ese laudo.

Durante el procedimiento judicial, los representantes legales del Gobierno de Malasia alegaron que la demanda presentada por los herederos para el reconocimiento y ejecución del supuesto laudo final dictado por Stampa contra Malasia no es admisible y, por tanto, debía rechazarse, como finalmente ha resuelto el tribunal holandés..

En 2019, los demandantes de Sulú llevaron el asunto ante el árbitro español para reclamar una indemnización por unas tierras en Sabah, supuestamente arrendadas por sus antepasados a una empresa comercial británica en 1878.

Stampa, nombrado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, falló a favor de los demandantes en su laudo final de 14.900 millones de dólares a pesar de la anulación previa de su nombramiento como árbitro por el mismo tribunal español.

El árbitro español, sin embargo, se llevó el caso a París. Allí, en marzo del año pasado, dictó un laudo condenando al Estado de Malasia al pago de esa cantidad.

En dicho laudo reconoció que los demandantes tienen derecho a recuperar el valor de restitución de los derechos de explotación arrendados en virtud del contrato de 1878 y de la escritura de confirmación de 1903, con un interés prelaudo del 3,96% anual, a partir del 1 de enero de 2013 hasta 2044.

Sin embargo, el Tribunal de Apelación de París, a donde acudió el Gobierno de Malasia, tumbó ese laudo. En su sentencia del pasado 6 de junio de 2023, lo declaró nulo. Una decisión calcada a la del Tribunal de Apelación de la Haya, donde acudieron después los herederos del sultanato de Sulú.

De acuerdo con el «barrister» y abogado español Josep Gálvez, especialista en litigios y arbitrajes internacionales, “es una decisión esperada tras la sentencia de la Cour d’Appel de Paris”.

En su opinión el arbitraje ha resultado en deficiencias.

Debido a ello, «el proceso arbitral ha tenido graves irregularidades desde su mismo inicio, lo que está llevando a que caiga como un castillo de naipes”.

La decisión de los tribunales de apelación de La Haya y de París en este caso despeja cualquier tipo de duda que pudiera existir.

”Si antes había dudas sobre el arbitraje, ahora me extrañaría que ningún país decida reconocer y ejecutar ese laudo dadas las decisiones de París y ahora La Haya». señala Gálvez. “Lo que mal empieza, mal acaba”, concluye.

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