La AN desestima la querella del Real Madrid contra Tebas y LaLiga por el reparto de los derechos audiovisuales de partidos
El titular del Juzgado Central de Instrucción Cuatro ha descartado los delitos de administración desleal, apropiación indebida, corrupción en los negocios y delito de imposición de acuerdos abusivos que señalaba el club como "defraudatorios".

La AN desestima la querella del Real Madrid contra Tebas y LaLiga por el reparto de los derechos audiovisuales de partidos

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13/9/2023 12:45
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Actualizado: 13/9/2023 12:57
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José Luis Calama, juez de la Audiencia Nacional, ha desestimado la querella interpuesta por el club de fútbol Real Madrid contra la Liga Nacional de Fútbol y su presidente, Javier Tebas, por supuestos delitos societarios en relación con los criterios de reparto de ingresos obtenidos al comercializar y explotar los derechos audiovisuales de los partidos de fútbol, de acuerdo al auto consultado por Confilegal.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Cuatro ha descartado los delitos de administración desleal, apropiación indebida, corrupción en los negocios y delito de imposición de acuerdos abusivos que señalaba el club como «defraudatorios».

La querella se interpuso el pasado agosto tras la ratificación por parte de la Junta de Primera División de la Liga de Fútbol Profesional del acuerdo que fijaba los susodichos criterios, que había sido aprobado a finales de julio de un acuerdo por el órgano de Control de los Derechos Audiovisuales.

Desde el Real Madrid aseguraban que este acuerdo constituía una disposición arbitraria de estos derechos audiovisuales «específicamente orientada a perjudicar económicamente al Real Madrid». La motivación, según la querella del Real Madrid, surgía de la «enemistad» y la «actitud hostil» que, «desde mediados del año 2021, viene mostrando» Tebas en contra del club a raíz de su oposición al proyecto de la Liga Impulso y la iniciativa de crear la Superliga.

El juez recuerda que el acuerdo recurrido se adoptó por una mayoría significativa y que el hecho de que el reparto acordado no se ajuste a las legítimas expectativas de la parte querellante «no significa que sea abusivo en términos penales».

Añade que «las discrepancias entre posiciones minoritarias y mayoritarias no solamente es un supuesto harto frecuente en la práctica, si no que ese juego de las mayorías no puede indefectiblemente asimilarse a las nociones de abuso, de lucro, de perjuicio y de ausencia de beneficio social (que es lo que requiere el tipo de injusto) so pena de dar entrada en el ámbito punitivo cualquier acuerdo que para la minoría resultase una contrariedad».

El juez Calama añade que el acuerdo alcanzado solo obtuvo un voto en contra y que si bien la querellante es uno de los grandes clubs de la Liga de Fútbol no es el único de tales características, por lo que resulta difícil entender, dice, que perjudique al Real Madrid pero no perjudique al mismo tiempo a otros equipos de igual entidad y, por ende, con iguales intereses, que no votaron en contra.

El auto inadmite la querella pero agrega que el ordenamiento jurídico contiene un abundante cuerpo normativo extrapenal que regula la vida y funcionamiento de las sociedades mercantiles y que dentro de la vía civil y administrativa existen mecanismos de control y reparación de los posibles daños que pudieran derivarse de un incorrecto y abusivo comportamiento de los órganos de estas sociedades.

«Nos encontramos ante unas tensas relaciones entre los distintos titulares y beneficiarios de los millonarios derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, que en la última temporada ascendieron a 1.837.445.000 euros, a resolver en el ámbito de la jurisdicción civil o contencioso-administrativo», concluye el magistrado.

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