Cuando un abogado tiene un hijo no todos los órganos judiciales aplican la reformada LEC por igual y el Colegio no ayuda
Juan Gonzalo Ospina ha vivido una experiencia que le ha producido una gran angustia y ansiedad. Por una parte, su hija recién nacida, y, por otra, afrontar una burocracia inesperada que le ha afectado de una forma que nunca olvidará.

Cuando un abogado tiene un hijo no todos los órganos judiciales aplican la reformada LEC por igual y el Colegio no ayuda

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17/9/2023 06:30
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Actualizado: 18/9/2023 11:39
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El pasado miércoles, 13 de septiembre, el abogado Juan Gonzalo Ospina tuvo su tercera hija. Su nacimiento estaba previsto para el 21 de septiembre próximo. Se adelantó 8 días. Lo que le trastocó todo.

La semana que viene tenía previstos cinco juicios. Uno el lunes, en la Sección 4 de la Audiencia Provincial de Madrid, otro el martes, en la Sección 30, dos en los Juzgados de lo Penal 1 y 6 de Alcalá de Henares, Madrid, en los siguientes días, y uno último en el Penal 37 de Madrid.

En cuatro de esos cinco casos ha bastado con que el procurador de Gonzalo Ospina haya comunicado mediante un escrito el feliz acontecimiento para que dichos órganos judiciales contestaran dándose por enterados.

En el de la Sección 30, un juicio con preso, el magistrado Diego de Egea Torrón, al día siguiente, dictó una providencia dándose por enterado, conforme a la nueva redacción del artículo 179.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que contempla la suspensión de los juicios orales por el nacimiento de los hijos de los abogados.

Y de la misma forma respondieron los letrados de la Administración de Justicia (LAJ) de los dos Penales de Alcalá de Henares y de Madrid.   

Salvo la LAJ de la Sección 4 de la Audiencia Provincial de Madrid, que fue contracorriente. No le sirvió el escrito del procurador de Ospina solicitando la suspensión que tenía la misma redacción que el enviado a los 4 órganos judiciales. Exigió el parte de baja por paternidad.  

El juicio, cuya celebración tiene que celebrarse mañana, tiene su enjundia. Porque el cliente de Ospina está acusado de una supuesta agresión sexual. Son diez testigos y sus correspondientes periciales.

NO HAY TIEMPO PARA PREPARAR EL JUICIO

“Mi hija nació el miércoles. Su llegada estaba prevista para ocho días después. Por ello, he tenido que suspender toda mi actividad profesional. No he podido desplazarme a la prisión de Soto del Real para prepararlo con mi cliente”, explica Ospina.

El abogado pensaba que esa nueva redacción iba a ser aplicada por todos.

En el punto 3 del artículo 179.3 mencionado se dice con claridad que se suspenderá el procedimiento a solicitud del abogado por “el fallecimiento, accidente o enfermedad graves de su cónyuge” y que se producirá por tres días hábiles “a contar desde el día siguiente del hecho causante” –es decir, desde el jueves hasta el lunes, en este caso–.  

También en los casos de nacimiento y de cuidados de menores. “La suspensión así solicitada afectará a todos los procedimientos en los que intervenga la persona profesional de la abogacía en cuestión”, remacha el artículo en cuestión.

Se da la circunstancia que también el artículo 746.7 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal también hace una mención expresa a esta situación. Establece la suspensión del señalamiento si se solicita “por haberse producido o iniciado el parto de manera repentina”, como es el caso.

UN MAL RECUERDO

“Si alguien ha tenido un hijo alguna vez comprenderá que esos momentos el mundo se transforma por completo. La cabeza va por otro lado. Sin embargo, lo sucedido quedará para siempre en mi cabeza como un mal recuerdo. Porque, a día de hoy el juicio en cuestión no se ha aplazado, como solicitaba. Lo que me ha creado una gran angustia y ansiedad”, relata Ospina.

“Para responder a la petición de la LAJ tuve que estudiar quien me podía dar la baja a mí, porque como socio director de la firma, Ospina Abogados soy administrador y, por lo tanto, autónomo. El organismo que me podía dar la baja de paternidad –y no de forma inmediata ni en 24 o 48 horas– era la Mutualidad de la Abogacía. Y para ello tengo que cumplir unos requerimientos burocráticos para los que no estaba disponible. Me dijeron que tenía un mes para pedirla. Imposible presentar baja alguna”, precisa.

EL COLEGIO NO AYUDÓ

“Así que acudí al Colegio, en petición de ayuda. El artículo 134 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dice que también pueden interrumpirse los plazos por un plazo de tres días si los Colegios de Abogados comunican causas objetivas de causa mayor que nos afectan a los abogados como el nacimiento de un hijo o enfermedad grave”, continúa relatando.

“El Colegio no respondió como esperaba. Se limitó a decirme que enviara un escrito por correo electrónico a la Sección de la Audiencia Provincial contando a la señora LAJ que no podía aportar la baja. La LAJ tenía el escrito de mi procurador. ¿Si fue suficiente para un señor magistrado y para tres compañeros suyos, por qué insistió en exigir el parte de baja para decretar la suspensión?”.

Ospina ha sacado de todo esto dos cosas claras: “la reforma de la LEC no es perfecta si permite una interpretación como la de la LAJ y el Colegio de la Abogacía de Madrid, del que fui diputado, dista de dar el servicio que se debe esperar de la corporación de derecho público más importante de Europa. La tragedia es descubrirlo en tus propias carnes, como me ha pasado a mí».

¿Qué pasará mañana? “Evidentemente, voy a recurrir de urgencia para que se produzca la suspensión de la vista. Pero una cosa le aseguro: mi cliente no sufrirá indefensión”.  

EL ICAM PRECISA

Tras publicar esta información, desde el ICAM han enviado una nota a Confilegal precisando los hechos.

De acuerdo con el Colegio de la Abogacía de Madrid, actuaron de «inmediato», «a pesar de que el abogado solo lo expuso en redes y no lo reportó al ICAM. A instancias del decano, el ICAM actuó de inmediato activando su nuevo servicio 112 Abogacía».

Puestos en contacto con Ospina, el abogado explica que habló con este servicio, «Defensa de la Abogacía», cinco veces el viernes por la mañana. «Fue a las 11.45, a las 12.10, a las 13.55, a las 14.10 y a las 15.10. Las llamadas están registradas en mi teléfono móvil».

De acuerdo con Ospina, también se puso en contacto con el decano, Eugenio Ribón, al que conoce muy bien porque fueron diputados en la anterior Junta de Gobierno del Colegio y con el que compitió en las elecciones del 20 de diciembre de 2022, en las que Ribón se hizo con la victoria: «A las 13.41 escribí al decano Ribón por WhatsApp, que me contestó. A las 14.10 le dije que la Sección en cuestión de la Audiencia Provincial no suspendía el juicio del lunes porque me pedía la baja laboral. A las 14.34 me pidió que le pasara los datos. A las 14.38 me dijo que estaba en ello. Y a las 15.34 me contestó que le habían dicho que enviando un simple email diciendo que aportaría la baja más tarde me lo suspendían. Es decir, que no es cierto que no lo reporté al ICAM. Lo que no parece ver el Colegio es que esto, que parece una cosa menor, tiene una gran importancia porque los abogados no podemos estar a merced de lo que diga una LAJ en casos como este, provocando angustia y ansiedad a quien está haciendo su trabajo y acaba de tener un hijo».

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