El presidente de la Sala de lo Social del Supremo recuerda que es preceptivo el abogado en los recursos de casación
Antonio Sempere es el nuevo presidente en funciones de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, autor de este comunicado aclaratorio.

El presidente de la Sala de lo Social del Supremo recuerda que es preceptivo el abogado en los recursos de casación

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18/9/2023 12:37
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Actualizado: 18/9/2023 13:24
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El nuevo presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, Antonio Sempere, ha aclarado, a través de un comunicado, que aunque se ha venido admitiendo que los graduados sociales actúen en los recursos de casación, es preceptivo que la defensa la realice un abogado.

Nada ha cambiado. El artículo 21.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social sigue siendo plenamente vigente: «En el recurso de casación y en las actuaciones procesales ante el Tribunal Supremo será preceptiva la defensa de abogado».

Sempere recuerda, además, que «Las previsiones de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) sobre necesidad de asistencia técnica por profesional de la Abogacía ante la Sala Cuarta no han sido modificadas por el Real Decreto-Ley 5/2023».

El presidente de la Sala Cuarta del Supremo responde así a las informaciones publicadas por algunos medios afirmando que los graduados sociales ya podían defender los intereses de sus clientes en los recursos de casación.

«En el asunto de que han hablado recientemente los medios de comunicación la empresa recurrida estaba representada por Graduada Social, pero su escrito de
personación iba respaldado por firma de Abogado. De ahí que la Diligencia de Ordenación dictada por la Secretaría tuviera por realizado el trámite correspondiente», precisa Sempere, que termina expresando su respeto por todas las profesiones jurídicas.

Para el colectivo de graduados sociales esta es una de sus reivindicaciones históricas: intervenir en los recursos de casación ante el Tribunal Supremo. La ley solo permite que lo hagan en la primera instancia y en los recursos de suplicación, ante los Tribunales Superiores de Justicia. Pero tienen vedado hacerlo ante el Supremo, a no ser que, como indica el presidente de la Sala de lo Social, la representación venga avalada por un abogado, tal como dice la LRJS.

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