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El expolicía peruano, Luis Alberto Mío Morocho, fue detenido por la Policía en la ciudad de Guadalajara, a 66,8 km al noreste de Madrid, la capital, en octubre de 2022. Foto: PN.

La AN extradita a un expolicía peruano, miembro del Escuadrón de la Muerte y buscado por 13 asesinatos

15 / 10 / 2023 06:30

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La Audiencia Nacional ha autorizado la extradición de un agente de Policía peruano a su país, donde se le reclama por 13 asesinatos consumados y otros tres intentados, entre 2012 y 2013, como miembro de una organización criminal enquistada dentro de la Policía Nacional que cometía los crímenes y los presentaba como éxitos contra la delincuencia para obtener condecoraciones.

En un auto, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, Carmen Paloma González Pastor, Juan Francisco Martel Rivero y Fermín Echarri Casi, consideran que los delitos que se le atribuyen en Perú a Luis Alberto Mío Morocho se corresponden, según la legislación española, con 13 delitos de asesinato consumado y otros tres en grado de tentativa, así como pertenencia a organización criminal.

A Luis Alberto Mío Morocho, las autoridades peruanas le reclaman por haber participado en tres hechos concretos cometidos junto con otros miembros de la Policía como parte de una organización criminal.

El primero de ellos se cometió en junio de 2012 en las inmediaciones del Puente Santa Anita del distrito de Atevitarte, donde los agentes acabaron con la vida de tres hombres.

El segundo de los ataques tuvo lugar el 18 de noviembre de 2012 el distrito de Puente Piedra (Lima) en un operativo policial simulado con motivo de un supuesto transporte de droga en el que dieron muerte a cuatro personas. Por último, se le atribuye haber participado en la muerte, el 4 de diciembre de 2013, de seis personas en un operativo policial ficticio con motivo de un supuesto secuestro que se iba a producir en la ciudad de Chiclayo.

Con motivo de esta última acción, tal y como reseña la documentación sobre la extradición, el reclamado Mío Morocho fue propuesto para ser ascendido y fue condecorado por “acción distinguida” al presentar el seudooperativo policial como un enfrentamiento armado, “por el cual se prestigiaba la imagen policial. Lo que constituía uno de los fines de la organización criminal”.

PROMOVÍA LOS DELITOS PARA LUEGO ATRAPAR A LOS DELINCUENTES

De acuerdo con la Fiscalía, Mío Morocho fue un miembro del Escuadrón de la Muerte. Era el responsable de la inteligencia y de la preparación de los asesinatos. Este grupo de agentes corruptos captaba informantes que incentivaban a los delincuentes a cometer robos o secuestros.

Los informantes luego pasaban la información al grupo policial de Mío Morocho que, así interceptaban a los delincuentes a los que abatían a balazos. En todo este proceso, fabricaban la documentación necesaria para justificar sus intervenciones.

El tribunal desestima el argumento del reclamado de que la extradición obedece a motivos políticos con origen en la inestabilidad política del país, donde en un corto espacio de tiempo se han sucedido distintos presidentes del Gobierno salpicados por escándalos de diversa consideración.  

El tribunal señala al respecto que desde que se cometieron los hechos, en 2012, hasta 2022, año en que se solicita la extradición, pese a los cambios de gobierno en Perú no se ha acreditado que se haya cometido abuso de poder que hiciera variar las decisiones judiciales que sustentan la demanda.

Tampoco es fácil de entender, añade la Sala, que en esa alegada confrontación política el recurrente haya permanecido en su país desde 2012 hasta 2019 trabajando como policía.

Además, el auto incide en que la cuestión alegada suele estar relacionada con la existencia de un enfrentamiento entre la ideología política del reclamado y el partido que gobierna, “pero en este supuesto, se desconocen las ideas del citado y su vinculación o no con uno u otro de los diversos gobiernos de su país”.

Tampoco admiten los jueces el supuesto riesgo para su vida en caso de ser extraditado, tal y como alega el reclamado, por haber sufrido tres atentados en su país.

Según el Tribunal, no se ha aportado ningún dato indiciario que sustente tales manifestaciones, al igual que tampoco existe ningún documento que justifique haber pedido el asilo.

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