Cuatro años y medio de cárcel para un exfuncionario de prisiones por vender «vis a vis», permisos y favores
Fachada de la Audiencia Provincial de Jaén, donde un tribunal del Jurado ha juzgado este asunto.

Cuatro años y medio de cárcel para un exfuncionario de prisiones por vender «vis a vis», permisos y favores

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10/5/2024 13:30
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Actualizado: 10/5/2024 13:31
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La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a 4 años y medio de cárcel a un exfuncionario de prisiones por un delito continuado de cohecho, por vender «vis a vis», permisos, e introducir, previo pago, comida, bebidas alcohólicas y móviles para los reclusos.

Así lo ha dictado la magistrada de la Sección Tercera de la Audiencia, Carmen Ballesteros, tras un juicio, donde el jurado lo encontró culpable de cohecho por siete votos a favor y dos en contra.

Igualmente, en la su sentencia NÚM. 142/24, la magistrada, además, le impone la pena dieciocho meses de multa con cuota diaria de 6 euros, y a la pena de 10 años, seis mese y un día de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, y al pago de las costas procesales causadas.

El exfuncionario, ya condenado, lo negó todo

El funcionario, que lleva tres años retirado del servicio, declaró durante el juicio que «nunca» recibió un solo euro de los internos.

Su defensa mantuvo durante el juicio que todo respondía a «motivos de venganza y resentimiento» por parte de presos que «no comulgaban» con el acusado y también a «animadversión por parte de la dirección de la prisión».

La investigación, iniciada en 2021 por denuncias de internos, fue conducida por la Guardia Civil y el Juzgado de Instrucción número 2 de Jaén.

Tras las denuncias de los propios internos, se abrió una investigación en la que se hicieron hasta seguimientos con baliza.

De esta forma, grabaron al funcionario en encuentros con familiares de internos y hasta presuntamente introduciendo objetos y sustancias prohibidas en el centro penitenciario.

Tres testigos protegidos

La causa contó con tres testigos protegidos que declararon por videoconferencia y que apuntaron al funcionario como la persona que cobraba por permisos, ‘vis a vis’, y que introducía en la prisión, previo pago, comida, alcohol, anabolizantes, lencería, móviles y otro tipo de artículos. 

En su declaración retrató al acusado como una persona «que se pensaba que era el jefe de la prisión» y que cobraba 250 euros por ‘vis a vis’ y a los presos «novatos» hasta 500 euros por permisos porque «no sabían que no los daba él, que eso es la Junta de Tratamiento».

Además, otro testigo reconoció que ya estando fuera de prisión entregó al acusado 150 euros por hacerle un escrito al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, además de haberle puesto un aire acondicionado gratis en agradecimiento a lo bien que se había portado con él en prisión.

Uno de los testigos, un exinterno, admitió haber actuado como «intermediario «recadero» del acusado, aseguró no haber visto con sus ojos a ningún interno pagando dinero al acusado, pero sí señaló que familiares de dos de sus compañeros de celda le pagaron por ‘vis a vis’ y por introducir comida y diversos artículos en prisión.

«Es un funcionario corrupto, yo no lo voy a encubrir», dijo el testigo, al tiempo que hizo hincapié en no tener nada en contra del funcionario ni esperar ningún tipo de beneficio por declarar en su contra en el juicio.

En su declaración retrató al acusado como una persona «que se pensaba que era el jefe de la prisión» y que cobraba 250 euros por ‘vis a vis’ y a los presos «novatos» hasta 500 euros por permisos porque «no sabían que no los daba él, que eso es la Junta de Tratamiento».

La sentencia se puede recurrir ante el TSJA

Por su parte, el director de la prisión, Juan Mesa, indicó que aunque había escuchado quejas, no existían denuncias formales contra él, por lo que no podía actuar.

En su declaración, en la que rechazó cualquier tipo de animadversión con el acusado, reconoció que es «habitual» que los internos denuncien a los funcionarios, pero sólo en esta ocasión se ha llegado a juicio con el Ministerio Fiscal ejerciendo la acusación.

La sentencia no es firme y puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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