Condenados a 9 de años de cárcel el juez y el fiscal del caso Cursach por obstrucción a la justicia y coacciones
Se trata del juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán
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15/11/2023 14:58
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Actualizado: 15/11/2023 15:27
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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha condenado a 9 años de cárcel y un día al juez y el fiscal del ‘caso Cursach’, Manuel Penalva y Miguel Ángel Subirán, respectivamente.
La sentencia, con fecha de hoy y que tiene más de 500 páginas, la han dictado los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal Antonio Capó (presidente), Diego Gómez Reino (ponente) y Felisa Vidal. Es el procedimiento abreviado 1/23.
El Tribunal ha absuelto a Penalva y Subirán y a los policías del grupo de Blanqueo del Cuerpo Nacional de Policía de las detenciones de nueve funcionarios del Ayuntamiento de Palma, del empresario Antonio Roig, de la exconcejal a de Función Pública e Interior I. S. G. y del exconcejal de movilidad G. V.
Considera probado que se detuvo a personas inocentes, pero aprecia que en el momento de las detenciones existían sospechas de que el concurso de la O.R.A. podría haber sido amañado y de la participación, en mayor o menor medida, de las personas que se detuvo.
Asimismo, entiende que las detenciones de los padres y hermanos del político del Partido Popular Álvaro Gijón, aunque estaban soportadas en sospechas de delito, fueron instrumentales y que tuvieron por objeto presionar al político para que confesara su participación en la manipulación del concurso de la O.R.A.
Sin embargo, el TSJIB no condena a los acusados por el delito de detención ilegal sobre la familia G. por un déficit en la acusación, dado que los hechos no se ajustan al tipo delictivo que ha sido objeto de acusación.
A pesar de que el grueso de las acusaciones ha sido rechazado, el Tribunal ha sentenciado al magistrado Manuel Penalva y al fiscal Miguel Ángel Subirá a 9 años y un día de prisión más multa, pero fijando como tope máximo de cumplimiento efectivo de la pena de siete años, seis meses y tres días de prisión -al no poder exceder la penalidad del triple de la más grave- por tres delitos de obstrucción a la Justicia y un delito de coacciones en la persona de Álvaro Gijón.
También los ha condenado por la omisión del deber de perseguir filtraciones de informaciones a los medios de comunicación de actuaciones reservadas o secretas que ellos conocían por razón de su cargo a la pena máxima prevista de 2 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
En concreto, las condenas privativas de libertad obedecen a presiones ejercidas por ambos procesados sobre dos funcionarios del Ayuntamiento de Palma, R. V. y J. C. S., con ocasión de las declaraciones que prestaron los funcionarios en el Juzgado en calidad de investigados; y sobre el empresario A.R., por las presiones que recibió antes de su detención, durante y estando en prisión preventiva.
La condena por el delito de coacciones responde a las presiones ejercidas sobre Álvaro Gijón por la declaración que tenía que prestar como investigado al día siguiente de la detención de sus familiares.
TRES POLICÍAS CONDENADOS
En el banquillo de los acusados también se sentaron cuatro miembros del Cuerpo Nacional de Policía del Grupo de Blanqueo de Capitales: el inspector jefe José Luis García Reguera, el subinspector Miguel Ángel Blanco, la subinspectora Blanca Ruiz y el policía Iván Bandera.
El primero de ellos ha quedado absuelto al considerar el Tribunal que no hay prueba suficiente para su condena.
Miguel Ángel Blanco ha sido condenado a tres años y diez meses de prisión por un delito de obstrucción a la justicia y coacciones sobre Álvaro Gijón.
Blanca Ruiz, por un delito de obstrucción a la justicia, a un año y dos meses de prisión, mientras que Iván Bandera por un delito de obstrucción a la justicia y otro de coacciones sobre Álvaro Gijón ha sido penado a dos años y cuatro meses de cárcel.
En todos los casos se establece como pena accesoria la inhabilitación especial para el ejercicio del empleo o cargo de funcionario de policía.
Penalva, Subirán, Blanco y Bandera tendrán indemnizar, conjunta y solidariamente a Álvaro Gijón con 6.500 euros por daños morales.
La sentencia no es firme. Cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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