Opinión | Tan lejos y tan cerca: el «lawfare»

Plazos sustantivos y plazos procesales: una cuestión en debate constante
Marcos García Montes y Fernando Luis Ibáñez López-Pozas abordan la temática del «lawfare» y el poder judicial español. Foto: Confilegal.

29 / 11 / 2023 06:30

Actualizado el 29 / 11 / 2023 07:57

Cuando analizábamos la intromisión del poder político en el mundo judicial o la instrumentalización de la justicia nos inundaba una sensación de seguridad pues todos los casos conocidos se encontraban muy lejos de nosotros.

Lejos geográficamente pues la mayoría de ellos se daban en países iberoamericanos, africanos o asiáticos, todo muy lejos de la vieja Europa y lejos también respecto de nuestro Estado de Derecho y nuestra calidad democrática.

Pues como establece el Consejo Europeo, el concepto de Estado de Derecho significa que, todos los poderes públicos deben actuar siempre dentro de los límites establecidos por la ley; comprende un proceso legislativo transparente, responsable, democrático y pluralista, una tutela judicial efectiva por parte de tribunales independientes e imparciales, siendo su colofón la separación de poderes.

Con la llegada del “lawfare” se pone en duda esa seguridad de residir en un Estado de Derecho en el que toda persona goza de la misma protección ante la ley y no existe el uso arbitrario del poder por parte del Gobierno

Respecto de este concepto, del que se ha escrito mucho en estos días, me gustaría exponer una serie de cuestiones que creo que deben ser aclaradas, la primera su propio uso, como establece la Fundéu RAE, nuestra lengua tiene alternativas válidas a la palabra inglesa “lawfare” y hubiera sido mejor utilizar términos como: “persecución judicial”, “instrumentalización de la justicia” o “judicialización de la política”.

La segunda cuestión se refiere al propio concepto y su origen: la palabra «lawfare» está formada por «law» (‘ley’) y «warfare» (‘guerra’) y fue creada en el campo militar haciendo referencia a objetivos militares que necesitaban un sustento legal para ser conseguidos, el término describe un método de guerra donde la ley es usada como un medio para la realización de un objetivo militar.

Más adelante, el padre del concepto, militar estadounidense, lo delimita a la “estrategia de usar, o abusar de la ley como un sustituto de los medios militares tradicionales para lograr un objetivo operacional. Como tal, veo la ley en este contexto como un arma. Es un medio que se puede utilizar para buenos o malos propósitos”.

No es consecuente hablar constantemente por el gobierno de que la finalidad de este mecanismo es para mejorar la convivencia, lograr la paz social, etc., y utilizar un concepto “bélico”.

LAWFARE: ¿PATRIMONIO DE LA DERECHA?

La tercera cuestión se refiere a la ideología del concepto, se nos traslada que el “lawfare” es patrimonio de la derecha, de los conservadores, que lo utilizan para atacar a políticos de izquierda por medio de los Jueces, que evidentemente son de derechas.

Se nos citan como ejemplos, entre otros, a Rafael Correa, Dilma Rousseff y Luiz Inácio “Lula” da Silva, Cristina de Kirchner, etc., pero se olvidan de otros tantos, que también habrían sufrido el «lawfare» y que son considerados de derechas, como Carlos Salinas de Gortari, Fernando Collor de Mello, Carlos Saúl Menem, Gonzalo Sánchez de Lozada, etc.

Expuestas estas cuestiones, el acuerdo alcanzado por el PSOE y por Junts lo ha introducido en nuestro futuro político y judicial de la siguiente forma: «Las conclusiones de las comisiones de investigación que se constituirán en la próxima legislatura se tendrán en cuenta en la aplicación de la ley de amnistía en la medida que pudieran derivarse situaciones comprendidas en el concepto «lawfare» o judicialización de la política, con las consecuencias que, en su caso, puedan dar lugar a acciones de responsabilidad o modificaciones legislativas».

Y no ha sido un mero acuerdo programático pues ya se han presentado tres Comisiones, las que versarán sobre los atentados yihadistas de Barcelona y Cambrils de agosto de 2017, para esclarecer «responsabilidades políticas de cualquier índole», así como sobre la denominada operación Cataluña, diseñada para desacreditar a políticos independentistas y una tercera registrada por ERC y Bildu sobre el espionaje con el programa Pegasus del que supuestamente fueron víctimas en sus móviles 65 políticos, activistas, periodistas y abogados por su vinculación al separatismo catalán y vasco.

No seremos tan inocentes de negar que en muchas ocasiones y por todos los partidos políticos se han utilizado las acciones penales estratégicamente para perjudicar a rivales políticos, rivales que son separados de cargos o de posibles elecciones y que cuando recuperan su “inocencia” ya han pasado muchos años.

Pero esa perversión de nuestros políticos nada tiene que ver con afirmar como hace el inquilino de Waterloo que se realizan a través del Poder Judicial.

Si fuera cierta esta intromisión del poder judicial en el plano político, que negamos con todas nuestras fuerzas, se estaría vulnerando el Estado de Derecho y la separación de poderes quedando sometidos al abuso de poder.

Lo que pretende el Gobierno es la fusión de los tres poderes, ejecutivo, legislativo y judicial, y que a través de esas comisiones se controle y se ponga en duda la labor de nuestros Tribunales.

Como ha afirmado la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial esto “implica potencialmente someter a revisión parlamentaria decisiones enmarcadas en la exclusividad del ámbito competencial de nuestros Tribunales que, por otro lado, entendemos se produjeron de forma plenamente acorde con la legalidad entonces enjuiciada. Por todo ello, la iniciativa apuntada implicaría una inadmisible injerencia en la independencia judicial y un flagrante atentado a la separación de poderes”.

Empezábamos hablando de la Unión Europea y nos gustaría terminar recordando a los promotores de esta idea que lo que se pretende atenta contra el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea y que en el artículo 7 se establecen procedimientos para salvaguardar los valores fundacionales de la UE que se pueden promover cuando se constate la existencia de un riesgo claro de violación grave por parte de un Estado.

La Justicia avala la declaración institucional del ICAM sobre el lawfare y defensa de la independencia judicial

Opinión | Por qué Ábalos puede «elegir» que le siga investigando el Supremo o la Audiencia Nacional

El Gobierno aprobará en las «próximas semanas» la reforma de la ley del derecho al honor contra «difamaciones injustas»

La figura del jurado popular tras el veredicto de Samuel Luiz, una participación ciudadana que siembra polémica

Opinión | La respuesta del derecho penal ante los robos y saqueos en el caos provocado por la DANA

Un informe pericial del caso Daniel Sancho pone el foco sobre la investigación y asegura no hubo premeditación

Lo último en Firmas

CDL

Opinión | CDL: Los jueces españoles ya cuentan con la ‘anti-suit injunction’ y probablemente muchos aún no lo saben (II)

Junceda en un quirófano

Opinión | ¿Cámaras en los quirófanos?

fraude

Opinión | Firmas, mentiras y dinero público: así se cocina el fraude en las ayudas en España

Policía UDEF en Ferraz

Opinión | La Justicia no es fango

1975-2026 carrera

Opinión | El mundo de anteayer: lo que veían los ojos de un joven en 1975 y lo que ven los de hoy