Prisión e inhabilitación a un ertzaina por abofetear y dar dos puñetazos a una mujer en los calabozos

Prisión e inhabilitación a un ertzaina por abofetear y dar dos puñetazos a una mujer en los calabozos

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01/12/2023 06:32
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Actualizado: 01/12/2023 09:38
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La Audiencia de Bizkaia ha condenado con seis meses de prisión a un ertzaina por “maltrato físico” a una mujer que se encontraba detenida en los calabozos de la comisaría de Getxo.

Ella también ha sido condenada por los mismos hechos, siendo considerada culpable por un delito de desobediencia a los agentes de la autoridad.

Todo comenzó el pasado 26 de mayo de 2018. Varios agentes de la Ertzaintza estaban identificando a un hombre ebrio a la salida de un supermercado de Algorta-Getxo por molestar a los viandantes. 

Un momento en el que la mujer, que poco después fue detenida, salió del establecimiento, y reprochó a los agentes la actuación. Por ello fue detenida por un delito de resistencia y desobediencia y llevada a comisaría.

Ya estando detenida en los calabozos, la mujer quiso recuperar su cartera. Una acción indebida, ya que el protocolo indica que los agentes deben ser los custodios de las pertenencias de los detenidos.

Un momento en el que, según señala la Audiencia de Vizcaya, el ertzaina ahora procesado la agarró del brazo y con “evidente extralimitación y sin necesidad alguna” le propinó una “fuerte bofetada”; a lo que la mujer respondió arañándole la cara y el cuello.

Otra agente se interpuso entre ambos, pero el acusado volvió a propinarle “dos fuertes puñetazos en la cara”.

Seis meses de prisión e inhabilitación para el agente

Para el tribunal, las acciones del agente suponen “un ataque de ira que en un funcionario público no puede ni debe permitirse”. Así pues, el tribunal ha reconocido que el ertzaina sometió a la mujer a un “evidente maltrato físico”. 

Unas acciones que, tal y como agradece la Sala, quedaron registradas en las cámara en ambos escenarios. “Valiosísimas grabaciones videográficas” que han sido clave en el juicio. Gracias a ellas, la Audiencia concluyó que  “no se observa actitud y, mucho menos, actos agresivos” de la mujer hacia los agentes a la salida del supermercado. También muestran que, en el calabozo, se sometió a la detenida  a un  “evidente maltrato físico que “la degrada como detenida y como ciudadana”.

Así pues, la Sección Primera de la Audiencia vizcaína ha acordado seis meses de prisión, e inhabilitación del cargo público durante ese tiempo al agente. También se le ha impuesto el pago de una multa de diez euros al día por tres meses y de una indemnización de 12.400 euros a la mujer por el daño moral causado. 

Respecto a la actuación de la mujer, el tribunal ha considerado que los hechos probados son constitutivos de un delito de desobediencia grave.

Y es que, a pesar de que conocía el procedimiento, quiso recuperar su cartera e intentó arrebatarles a los policías. “Conducta de continuo desprecio al principio de autoridad” que ha hecho que la mujer haya sido condenada a una multa de tres meses a razón de seis euros al día.

Esta sentencia no es firme ya que cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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