La Audiencia Nacional rechaza la competencia sobre el caso del Grupo Herrero Brigantina: el juez de Salamanca debe seguir con su instrucción
Podría haber sido el caso piloto de la supuesta estafa piramidal del Grupo Herrero Brigantina, cuyo CEO es Juan González Herrero, pero el magistrado de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, considera que la instrucción remitida desde Salamanca está incompleta y ha rechazado su competencia. La causa vuelve a la casilla de salida.

La Audiencia Nacional rechaza la competencia sobre el caso del Grupo Herrero Brigantina: el juez de Salamanca debe seguir con su instrucción

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28/12/2023 16:57
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Actualizado: 29/12/2023 07:56
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El magistrado del Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha rechazado la inhibición de su compañero del Juzgado de Instrucción 4 de Salamanca, Gregorio Álvarez, del caso Grupo Herrero Brigantina, y se lo ha devuelto para que éste siga instruyendo la causa por considerar que el volumen del supuesto fraude está muy alejado para establecer la competencia del órgano que dirige, como establece el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Pedraz explica en un auto que se ha conocido hoy, que «los únicos hechos indiciariamente acreditados bajo las actuaciones procesales de perjudicados se refieren a que el Grupo Herrero Brigantina habría ofertado a sus clientes el producto TOP 25 a sabiendas de que la rentabilidad ofrecida no iba a ser pagada y que, además, el mismo no era respaldado por AXA, siendo esta una estrategia urdida por el Grupo Herrero Brigantina para hacer la contratación fiable y atractiva para los clientes. Ello, añade, ‘sería un indicio claro del ánimo de estafar a sus inversores, llevándolos, bajo este engaño, a hacer un desplazamiento patrimonial en favor del Grupo, todo ello por importe de 840.000 euros’ pendiente de acreditación».

El titular del Juzgado de Instrucción 4 de Salamanca tenía que haber seguido investigando más antes de elevarlo prematuramente a la Audiencia Nacional, se entiende tras la lectura de su auto.

SOLO 840.000 EUROS SUPUESTAMENTE DEFRAUDADOS

Además, el volumen del supuesto fraude está muy alejado de lo que exige la jurisprudencia para que los hechos sean considerados competencia de la Audiencia Nacional.

Pedraz señala que «el propio informe policial señala que el fraude denunciado asciende a más de 840.000 euros, pero que el perjuicio conocido por los bufetes de abogados y asociaciones superaría los 6,3 millones de euros, dato éste en ningún caso acreditado en la instrucción judicial por el momento, la cual, es evidente que ha sido paralizada antes de poder tomar una determinación sobre la competencia judicial de los hechos”,

Subraya que en la causa que le fue remitida solo constan meras manifestaciones testificales de dos trabajadores que denuncian a su antigua empresa. Hechos que deben ser contrastados por parte del juez de Instrucción 4 de Salamanca con la práctica de las consiguientes diligencias judiciales pendientes, como “cuando se manifiesta que una parte importante del dinero que aportaban los clientes se destinaba a sufragar gastos corrientes del Grupo (nóminas, seguros sociales, alquileres, etc.)».

UN TIRÓN DE OREJAS EN TODA REGLA

Y remacha, en lo que es todo un tirón de orejas a su compañero, que no puede sin más justificar la indiciaria acreditación de los hechos con tales manifestaciones, “sin perjuicio de que tampoco lógicamente su cuantía, sin que quepa acudir a que por el producto mencionado Herrero Brigantina facturó 8,5 millones y que como hay otras empresas en el grupo podría ser más la cantidad”.

Como se suele decir, el magistrado Álvarez tenía que haber hecho los deberes bien antes de inhibirse a la Audiencia Nacional.

“Es evidente que los hechos están aun indiciariamente por perfilar, y el mero análisis de cuentas bancarias no puede ofrecer los datos necesarios, sino que ello se podrá basar en documentaciones a obtener tras la práctica de diligencias solicitadas. Es revelador el informe policial cuando manifiesta que: existen docenas de clientes del grupo Herrero Brigantina los cuales cuando han querido recuperar sus inversiones o bien no han podido recuperarlas, o bien su recuperación no ha sido total o se ha demorado en el tiempo, superando ampliamente los 30 días de plazo que consta en el contrato firmado entre ambas partes. Ello podría obedecer a que las inversiones no se han realizado donde deberían y se han destinado a otros proyectos o a personas con interés particular, por lo que no podrían recuperarlo”, afirma el magistrado.

La pelota queda, por lo tanto, en el tejado del magistrado Gregorio Álvarez, titular del Juzgado de Instrucción 4 de Salamanca.

Juan González Herrero, el CEO del Grupo Herrero Brigantina, de quien dicen los abogados de los damnificados que supuestamente se apropió de cerca de 40 millones de euros, fue detenido recientemente en el Aeropuerto de Barajas, tras regresar de Colombia, y horas después fue puesto en libertad.

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