El Supremo reafirma la sanción contra un Guardia Civil que consideraba «falta leve» dormirse durante el servicio

El Supremo reafirma la sanción contra un Guardia Civil que consideraba «falta leve» dormirse durante el servicio

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28/12/2023 06:30
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Actualizado: 29/12/2023 08:08
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Uno de los momentos más tensos para cualquier conductor, es el de encontrarse con los agentes de la Guardia Civil de Tráfico en la carretera.

Agentes que deben velar por la seguridad de todos los conductores, así como de las buenas condiciones de las carreteras para la conducción. Un control que, lamentablemente para algunos, también incluye multas por malas prácticas al volante.

Sin embargo, parece que no siempre los agentes de la Benemérita tienen una conducta ejemplar a la hora de cumplir con sus funciones de Tráfico.

Algo que ha llevado al agente de la Guardia Civil Jacobo ante los tribunales. Y, como último paso, ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.

«Una sanción de pérdida de ocho días de haberes, con suspensión de funciones, como autor de una falta grave«. Esta es la sanción que, el 14 de mayo de 2021, el General Jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil imponía al agente Jacobo.

Penalización que se correspondía al enunciado de «no comparecer a prestar un servicio, ausentarse de él o desatenderlo», presente en el Régimen Disciplinario de la Benemérita. En concreto, centrándose en la última de las afirmaciones de este enunciado.

Sanción que llegaba a Jacobo después de que su compañero de servicio acudiera al Cabo 1º Jefe del destacamento para explicar la actitud del agente durante sus servicios. Concretamente, durante los controles de vigilancia en carretera durante la pandemia Covid-19.

«Este chaval hace lo que le da la gana», lamentaba su compañero ante el Cabo 1º. «Desde el minuto 1 a dormir, y yo no aguanto eso. Me dice que es que tiene 2 críos y que no le dejan descansar».

Actitud que repitió en varias ocasiones, hasta llegar a un momento de máxima tensión para su compañero. «Ayer ya fue el remate. La patrulla saliente estaba en un accidente. Lo preparé todo rápido para hacerles el relevo. Pero este señor con sus santos cojones me hizo esperarlo más de 15 minutos, y para más, que desde el minuto uno durmiendo en el estacionamiento».

Claro enfado del compañero, que no dudó en tildarlo de «indígena» y «parásito» que provocaba la sanción a Jacobo, quien lo recurría ante la Directora General de la Guardia Civil el 28 de julio de 2021, desestimándose el recurso.

Posteriormente, era el Tribunal Militar Central el que se pronunciaba ante este asunto. Un tribunal que dictaba sentencia de desestimación del recurso contencioso disciplinario militar ordinario 129/21. De nuevo, dando apoyo a la sanción contra el agente.

El Tribunal Supremo se pronuncia ante la actuación del Guardia Civil

Desestimaciones continuas que han llevado esta sanción ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, compuesta por los magistrados Jacobo Barja de Quiroga (presidente), Clara Martínez de Careaga y García, José Alberto Fernández Rodera y Fernando Marín Castán.

Tribunal que, en la sentencia 88/2023, de recurso de casación contencioso, han fallado en este mes de diciembre a favor de la misma decisión de desestimación que tomaron los anteriores tribunales.

Así pues, desde el alto tribunal se sostiene que el recurrente muestra «inconsistencia en la argumentación». Además, explica que hay «ausencia de argumentos en el recurso que rebatan específicamente los razonamientos de la sentencia de instancia».

Del mismo modo, en la sentencia se estipula que queda «acreditado que el Guardia Civil Jacobo durante la prestación de servicios nocturnos con otros compañeros también desatendió sus obligaciones con comportamientos de somnolencia y desatención del servicio». Algo que descarta las afirmaciones del recurrente de que se trataba de una cuestión «personal» con su compañero.

También el Supremo hace valor de la gravedad de esta actitud por parte del agente. Y es que, a pesar de que el recurrente asegura que su falta debió ser considerada «leve», las condiciones del puesto de trabajo parecen desacreditarle.

Y es que en el escrito se recuerda que como personal de la Benemérita, debe prestar un servicio «con actitud activa». Algo que no ocurrió en este caso, y que puso en «situación de peligro» al compañero de Jacobo. Del mismo modo, esta actitud hizo que el servicio no pudiera «desarrollarse plenamente».

Testimonios y falta de alegaciones nuevas por parte del agente de la Guardia Civil que han llevado al Tribunal Supremo a desestimar el recurso de casación presentado por Jacobo ante el alto tribunal. Un nuevo fallo que parece demostrar que quedarse dormido durante los servicios nocturnos no es recurrible. Ni ante los jefes, ni ante los tribunales.

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