Ciudadanos propone un plan de acompañamiento en los hospitales para los pacientes críticos de Covid-19 
El paciente estuvo 35 días en la UCI con neumonía bilateral, un día después de ser dado de alta en un hospital público. Foto de archivo de un ingreso durante la pandemia.

El SERMAS pagará los gastos de un paciente: ingresó en un hospital privado tras ser dado de alta en el público en covid

27 / 05 / 2024 13:54

Actualizado el 28 / 05 / 2024 11:48

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) a pagar a un paciente los gastos médicos derivados de su ingreso durante la pandemia en un hospital privado, donde estuvo 35 días en la UCI con neumonía bilateral un día después de ser dado de alta en un hospital público.

Los magistrados Concepción Rosario Ureste (ponente), Ángel Blasco Pellicer, Sebastián Moralo Gallego e Ignacio García-Perrote Escartín han estimado parcialmente el recurso del afectado en la sentencia 682/2024 de 8 de mayo. Tendrán que pagarle 2.013 euros.

Pero no siempre le han dado la razón. Tanto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid como el Juzgado de lo Social Nº19 consideraron que el demandante había acudido de forma voluntaria a un centro ajeno al Sistema Nacional de Salud. Por lo que desestimaron su solicitud.

Pero ahora los magistrados han considerado que se trata de un caso de riesgo vital con necesidad inmediata de asistencia médica, supuesto excepcional que contempla el reembolso de dichos gastos. De modo que el paciente no hizo un uso abusivo de servicios ajenos a la sanidad pública.

La sentencia explica que el recurrente, en situación de incapacidad temporal por coronavirus desde el 20 de marzo de 2020, acudió tres días más tarde a las Urgencias del Hospital Gregorio Marañón, donde trabajaba como celador.

Al día siguiente recibió el alta médica con diagnóstico de “IR con sospecha de COVID” e indicación de tratamiento farmacológico.

Añade que, aunque en la exploración física no se encontraron signos de excesiva alarma, “se apreciaron ya focos neumónicos bilaterales, especificándose en el informe médico que se optó por no realizar toda la exploración a fin de minimizar el contacto, siendo dado de alta hospitalaria al día siguiente”.

El paciente ingresó en el hospital Nuestra Señora del Rosario

Al día siguiente ingresó en el hospital privado Nuestra Señora del Rosario con neumonía bilateral, “experimentando el afectado un empeoramiento clínico que precisó su traslado a la UCI a los cinco días con severas y diversas complicaciones durante dicho periodo, tales como enfisema subcutáneo, traqueotomía, delirios… Salió de la UCI treinta y cinco días después”.

La sentencia explica que la situación del demandante debe ser examinada “en el contexto de la pandemia ocasionada por el coronavirus, con un absoluto desbordamiento de la sanidad, siendo claramente insuficientes los medios materiales y humanos para afrontar la atención de los pacientes, y con índices de mortandad alarmantemente desorbitados”.

En este marco, -subraya la Sala- “el alta hospitalaria del actor, constatada ya la existencia de neumonía, como se evidenció de la gravísima evolución que experimentó en un breve lapso con evidente peligro para su vida, se mostraba claramente arriesgada«.

No puede mantenerse que el demandante no intentara que su asistencia sanitaria se asumiera por la sanidad pública, pues, efectivamente lo hizo, y ante su alta –y con la evidencia de la saturación de medios materiales y humanos existente- se viera obligado a acudir a la sanidad privada. No es posible entender en esas circunstancias, que se hizo un uso abusivo de servicios ajenos al sistema sanitario público”.

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