comisión de apertura abusiva UCI préstamo
La entidad financiera deberá devolver la cifra abusiva pagada por su cliente por la comisión de apertura. Foto:Europapress.

Un juzgado obliga a la entidad financiera UCI a devolver cerca de 2.000 euros por una comisión de apertura abusiva en un préstamo

10 / 01 / 2024 06:31

Actualizado el 10 / 01 / 2024 16:57

El abusivo porcentaje de comisión de apertura cobrado por la Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI) ha llegado a los tribunales. En concreto, al Juzgado de Primera Instancia nº2 de Cádiz. Un juzgado que ha fallado a favor de la clienta afectada, que ahora recibirá cerca de 2.000 euros en devolución de este pago abusivo.

Una comisión de apertura consiste en un porcentaje que una entidad bancaria impone sobre el importe del préstamo a conceder.

Una cifra que está diseñada para cubrir el coste de las gestiones administrativas necesarias para realizar este préstamo.

«Por ejemplo, si pides un préstamo de 50.000 euros con una comisión de un 1%, pagarás 500 euros», explica Banco de España.

Cláusula presente en los préstamos bancarios, especialmente los hipotecarios, que ahora ha llevado a la entidad bancaria UCI ante los tribunales.

En concreto, por la comisión de apertura presente en un préstamo hipotecario con fecha de 6 de julio de 2006, en el que la entidad financiera imponía un porcentaje del 2% a la clienta denunciante, defendida por el abogado José Luis Ortiz, del bufete Ortiz Abogados.

José Luis Ortiz Miranda está especializado en derecho bancario, en derecho sanitario y negligencias médicas y cuenta con más de 35 años de trayectoria profesional.

«El préstamo devengará una comisión de apertura del 2%, a cobrar por una sola vez, y que se liquidará simultáneamente a la formalización del préstamo» señalaba el documento.

Una comisión de apertura abusiva, según el tribunal

Tarifa que, según la Ley 2/2009 de 31 de marzo, por la que se regula la contratación de préstamos o créditos hipotecarios, es libre de ser impuesta por las concesoras del préstamo.

«Las empresas establecerán libremente sus tarifas de comisiones, sin otras limitaciones que las contenidas en esta Ley, en la Ley de 23 de julio de 1908 y en el Real Decreto Legislativo 1/2007 en materia de cláusulas abusivas», destaca la normativa.

Ley que establece que la comisión de apertura «englobará cualesquiera gastos de estudio, concesión o tramitación del préstamo». Una comisión que, además, deberá estar diferenciada del resto de comisiones o gastos repercutibles al consumidor.

Condiciones que cumplía la cláusula presentada a la clienta por parte de la entidad financiera UCI. Del mismo modo, también, tal y como destaca la sentencia 2862/2023 del juzgado gaditano, la cláusula de apertura estaba escrita y presentada de forma comprensible.

«El destino de la comisión de apertura es de acuerdo con la normativa nacional» explica la sentencia. «La cláusula figura claramente en la escritura […] no hay solapamiento de comisiones» enumeran desde el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz.

Sin embargo, sí existe, para el tribunal, una falta de proporcionalidad en el importe de dicha comisión de apertura.

«Sí parece que una comisión de 1.320 euros (2%) es desproporcionada. Según las estadísticas del coste medio de comisiones de apertura en España accesibles en Internet, dicho coste oscila entre el 0.25% y el 1,50%», asegura la sentencia.

Así pues, para el tribunal gaditano, pagar 1.320 como cláusula de apertura para un crédito de 66.000 euros es abusivo. Algo que llevaba al tribunal a declarar nula esta cláusula.

«La entidad demandada deberá abonar la cantidad de 1320€» falla el juez Antonio Manuel García López. Devolución de la cifra de la comisión de apertura que, además, va unida a la obligación de que UCI elimine esta cláusula abusiva del contrato objeto de este litigio.

Noticias relacionadas:

Un cliente de Carrefour consigue la nulidad de su tarjeta abusiva «con letra micro» contratada en 2002

Sabadell, condenado por imponer en una hipoteca tres seguros, y una comisión de impago de 35 euros

El CGPJ planta cara a Justicia: exige una reunión urgente tras el veto a los refuerzos que dejará sin resolver 12.470 asuntos sobre cláusulas abusivas

Una comisión de apertura del 2% en una hipoteca, nula por desproporcional, aunque sí fuera transparente

Un cliente consigue que le devuelvan los gastos de constitución de la hipoteca 15 años después, y sin tener las facturas originales

La usucapión resucita: el mecanismo legal que transforma el tiempo en títulos de propiedad

Lo último en Tribunales

jubilación autónomo complemento maternidad

Cobrar la mitad de la pensión de jubilación por ser autónomo no «reduce» el complemento de maternidad

Real Madrid Santiago Bernabeu

El Real Madrid afronta tres frentes judiciales por el Bernabéu: conciertos, ruido y aparcamientos

desconexión digital

La letra pequeña de la desconexión digital: no es un apagón absoluto ni una barra libre

Guardia civil de espaldas.

No toda brecha acaba en multa: la AEPD archiva el caso de la Guardia Civil civil que afectó a los datos de 50.000 agentes

16/07/2026 Un hidroavión trabaja en las tareas de extinción del incendio de Lozoyuela, a 16 de julio de 2026, en Lozoyuela, Madrid (España). La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) ha activado la Situación Operativa 2 del Plan de Protección Civil contra Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA) ante un incendio registrado en el término municipal de Lozoyuela. El incendio se ha originado sobre las 16.00 horas en una zona de vegetación donde por el momento trabajan 10 dotaciones terrestres y seis medios aéreos de Bomberos de la Comunidad de Madrid en colaboración con Agentes Forestales.
POLITICA 
Mateo Lanzuela - Europa Press

Madrid se persona por primera vez como acusación popular en una causa por un incendio forestal