Abogada General del TJUE: excluir el examen de transparencia en macrocausas es “incompatible” con los intereses de los consumidores
La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la letona Laila Medina, ha respaldado este jueves la macrodemanda.

La abogada general advierte al TJUE que nada se opone a un control de transparencia en la acción colectiva de Adicae sobre cláusulas suelo

18 / 01 / 2024 12:12

Actualizado el 18 / 01 / 2024 13:46

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La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la letona Laila Medina, ha respaldado este jueves la macrodemanda sobre las cláusulas abusivas en préstamos hipotecarios que fue presentada por la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de ahorros y Seguros de España (Adicae) en 2010 contra 101 bancos que operan en España.

La asociación busca que dichas entidades dejen de utilizar las cláusulas suelo y que sean obligadas a reembolsar las sumas pagadas en aplicación de esas cláusulas.

Hay que recordar que las conclusiones de la abogada general no vinculan al Tribunal de Justicia –aunque forma parte de él si bien no toma parte en la deliberación final– sino que su función es proponerle, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto para que los jueces comiencen sus deliberaciones y dicten sentencia posteriormente.

Sin embargo, el 67 % de las veces, suelen seguir sus recomendaciones.

Una sentencia que se espera que se dicte en tres meses, ha explicado a Confilegal Adrián Rebollo, abogado que ha defendido a los consumidores.

De las conclusiones de la abogada general Medina destacan dos puntos fundamentales: Primero, siguen la tendencia establecida por el TJUE de aplicación extensiva del control de transparencia; y segunda, aclara que el concepto de consumidor medio, como estándar, no puede desnaturalizarse con perfiles distintos, como había apuntado la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

El TS dirigió cuestiones prejudiciales al TJUE en julio de 2022

Al haber visto desestimadas sus pretensiones en dos ocasiones, los bancos interpusieron recurso ante el Tribunal Supremo, el cual dirigió cuestiones prejudiciales en julio de 2022 al TJUE para aclarar si una acción colectiva que se resume a un control abstracto de una cláusula contractual es apropiada para examinar la transparencia de las cláusulas suelo.

La abogada general Medina ha concluido que sí puede «ser examinada en el contexto de una acción colectiva». Pues «el control judicial de transparencia en los procedimientos colectivos es adecuado y posible», a lo que ha recordado que la Directiva europea no dice nada en contra de ello. 

Se podría utilizar «el estándar del consumidor medio» para llevar a cabo este control de transparencia.

De modo que “excluir el examen de la transparencia sería contrario a la finalidad de las acciones colectivas y resultaría incompatible e incoherente con la legislación de la Unión, que persigue reforzar la tutela judicial de los intereses colectivos de los consumidores”, detalla.

Adrián Rebollo, letrado que ha defendido a los consumidores.

Aplicar la «lógica jurídica» en las cláusulas suelo

Tal y como explica Rebollo, la abogada general del TJUE no se opone a que pueda realizarse sobre los consumidores en el marco de una acción colectiva tal y como señalaba la Asociación durante 10 años.

Y el TJUE debe de dictar sentencia “conforme a la lógica jurídica”, comenta. “Los bancos, después de este varapalo ya no van a poder retrasar la devolución de 20.000 euros a los hipotecados que han visto cómo se les aplica más de 15 años la cláusula suelo sin que los poderes judiciales le hayan dado solución”, opina.

De esto se confirmaría en el Supremo una sentencia de la Audiencia Provincial 28 dictada el 18 de noviembre de 2018 en la que se condenaron a más de 38 entidades que perdieron su recurso de apelación, con costas. 

“Fui testigo de la vista el 26 de septiembre y se que se va a ganar al 100%”, afirma el abogado.

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