Opinión | De un ministro de Tabarnia sobre el novísimo «concepto jurídico» acuñado de «terrorismo light»

José María fuster-fabra1
José María Fuster-Fabra firma esta columna a guisa de ministro de Tabarnia, entidad satírica nacida en Cataluña para combatir el independentismo. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

26 / 01 / 2024 06:32

Actualizado el 28 / 05 / 2024 12:30

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Lo que a continuación diré no me atrevo a afirmarlo ni como abogado, ni como doctor, ni como profesor, porque lo que está pasando en España no aguanta el más mínimo análisis técnico-jurídico, así que lo único que me parece razonable es firmarlo en mi condición de Ministro de Tabarnia.

Verán, el independentismo ha establecido criterios revolucionarios en diferentes ámbitos, en la historia (Colón no llegó al puerto de Palos sino a Pals), en la literatura (el Quijote fue escrito en catalán), e incluso en el ámbito religioso (Santa Teresa no estuvo en Ávila sino en el Monasterio de Pedralbes), ahora en colaboración con el actual gobierno ha conseguido establecer un concepto revolucionario y es el “terrorismo light”, todo ello sin contar la elaboración de una ley de amnistía con la participación directa de aquellos que van a ser amnistiados.

Servidor lleva ya unos cuantos casos de terrorismo a sus espaldas, y puedo afirmar que las estructuras terroristas han ido cambiando según los casos en los que nos encontrábamos, así el terrorismo de ETA era genéricamente un terrorismo organizado, estructurado, jerarquizado, etc.

El terrorismo islámico cambio muchos paradigmas, porque no olvidemos que llamamos terrorismo desde  aquel que se auto radicaliza a través de las redes sociales y decide con un cuchillo matar a alguien, hasta el caso de un Estado, el Estado Islámico que controla medios, recursos y población, y cuyo problema pasa a ser esencialmente militar.

El terrorismo es vario y diverso y mucho se podría escribir sobre ello, no obstante la idea de que puede existir un terrorismo que no vulnera los Derechos Humanos constituye una auténtica revolución técnico-jurídica, que sin duda asombrara al mundo entero.

NO HAY DIFERENCIA ENTRE LA PREPARACIÓN PREVIA DE LOS TERRORISTAS ISLAMISTAS Y DE LOS CDR

De hecho si analizamos en dos casos concretos, servidor de ustedes ejerció  la acusación de la causa llamada “Islamistas del Raval”, por si no lo recuerdan en el año 2008 fueron detenidos unos islamistas que iban a cometer atentados en Barcelona y no lo consiguieron, gracias al arrepentimiento de uno de ellos, F1, que contactó con agentes franceses que a su vez se lo comunicaron al CNI y provocó de inmediato la intervención de la Guardia Civil.

También estoy personado en la llamada causa de los ERT (Equipos de Respuesta Táctica) de los CDRs, pues bien puedo afirmar que el nivel de preparación previa, de interrelación entre ellos, de organización etc., es muy similar en uno y otro caso, solo que unos pretendían actuar en el nombre de Alá y los otros en el nombre de la independencia.

Ni unos ni otros pudieron llevar a cabo sus fines, porque la Guardia Civil y los jueces consideraron que ni Alá ni la Independencia valían una vida humana.

 Los islamistas del Raval fueron condenados con penas de hasta 14 años de prisión por la Audiencia Nacional que luego rebajó el Tribunal Supremo, a penas entre 6 y 8 años. Por la misma actuación los CDRs se pretende que salgan de rositas.

Digo yo que a partir de ahora cuando un terrorista islamista sea detenido por la realización de actos preparatorios de atentados, alegará el principio de igualdad, eso si no se le ocurre decir que lo hace por la independencia, y como mínimo nos creará un problema.

UN AUTO IMPECABLE EL DE GARCÍA CASTELLÓN

También estoy personado en el caso del “Tsunami Democratic” y aunque no quisiera extenderme si puedo afirmar, que suscribo punto por punto el auto del juez García Castellón, Impecable y bien redactado, con planeamientos técnico-jurídicos tanto sobre el concepto y la idea del terrorismo, como sobre el dolo eventual, lo que significan las garantías en una fase de instrucción etc. Magníficos tratadistas han escrito y escribirán sobre ello.

Estoy convencido que si un día los indepes consiguen montar su “republiqueta”, en el futuro Código Penal de Cataluña no aparecerán ni la malversación, ni los desordenes públicos, ni el terrorismo, ni tantos otros delitos, para mí que solo habrá dos tipos de delitos, los menos graves, hablar en castellano, y los más graves, llevar una bandera de España en la solapa o en la pulsera.

No quiero extenderme más y vuelvo a mis ocupaciones como Ministro de Tabarnia para seguir perfeccionando nuestra ley de inmersión lingüística en latín, nuestra ley de referéndum permanente, por ejemplo los domingos paella si o no, con suegros o sin suegros, y nuestras leyes de conexión con el resto de España, aunque visto como está el panorama, me da que si sigue Pedro Sánchez  a los catalanes constitucionalistas no nos darían ni la condición de exiliados.

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