Matrimonio, hospitalización, fallecimiento: novedades 2024 para permisos laborales retribuidos por motivos familiares
Sobre estas líneas, la infografía que ha elaborado Lefebvre para aclarar los permisos laborales retribuidos a los que se tiene derecho en estas circunstancias. Imagen: Lefebvre.

Matrimonio, hospitalización, fallecimiento: novedades 2024 para permisos laborales retribuidos por motivos familiares

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22/2/2024 16:43
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Actualizado: 23/2/2024 09:58
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on la llegada del 2024, se han producido cambios significativos en los permisos laborales, lo que supone una actualización en este aspecto, sobre todo, en lo que respecta a los permisos retribuidos por motivos familiares.

Para conocer y saber cómo aplicar en cada caso, Lefebvre, ha elaborado una infografía con la información principal en torno a todas estas novedades; desde el tiempo que corresponde por enfermedad o accidente grave de un familiar hasta los días por contraer matrimonio, registro de pareja de hecho o nacimiento de un hijo. La infografía se puede descargar de manera gratuita en este enlace.

Las personas trabajadoras pueden ausentarse de su puesto de trabajo manteniendo el derecho a la retribución en determinadas circunstancias, siempre que avisen previamente de la ausencia y posteriormente, justifiquen los motivos.

Entre las situaciones a destacar:

Matrimonio y registro de pareja de hecho: corresponden 15 días naturales.

Exámenes prenatales y preparación al parto: tiempo indispensable.

Enfermedad o accidente grave (padres, abuelos, hijos, hermanos, nietos y otros tipos de parentesco): son 5 días naturales, con o sin desplazamiento.

Hospitalización (padres, abuelos, hijos, hermanos, nietos y otros tipos de parentesco): corresponden 5 días naturales, con o sin desplazamiento.

Intervención quirúrgica sin hospitalización, pero con reposo domiciliario (padres, abuelos, hijos, hermanos, nietos y otros tipos de parentesco): haya o no desplazamiento, son 5 días laborables.

Fallecimiento (padres, abuelos, hijos, hermanos, nietos y otros tipos de parentesco): sin desplazamiento son dos días naturales, mientras que, con desplazamiento, 4 días naturales.

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