Fruitós Richarte: «La sentencia del TJUE sobre los indefinidos no fijos es aplicable a jueces, fiscales y LAJS sustitutos»
Sobre estas líneas, Fruitós Richarte, reconocido especialista en este campo quien antes fue juez y magistrado sustituto. Foto: FR.

Fruitós Richarte: «La sentencia del TJUE sobre los indefinidos no fijos es aplicable a jueces, fiscales y LAJS sustitutos»

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03/3/2024 06:32
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Actualizado: 04/3/2024 11:39
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Entre 2005 y 2006 fue juez sustituto. Y desde 2009 y 2015 fue magistrado sustituto en la Audiencia Provincial de Barcelona. Fruitós Richarte Travesset, hoy abogado, profesor asociado en el área de Derecho Civil de la Universidad Rovira i Virgili y también del Máster de la Abogacía de la Universidad Autónoma de Barcelona, sufrió las consecuencias de la crisis económica de 2009 que afectaron a la Administración y, en particular, a la de Justicia.

Fue uno de los jueces sustitutos que, finalmente, decidieron dejar la judicatura ante la reducción de contrataciones que impuso el Consejo General del Poder Judicial.

Hoy es un reputado jurista, que ejerce la abogacía defendiendo a trabajadores interinos, estatutarios y laborales, y que se felicita de la sentencia del pasado 22 de febrero pasado, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) porque marca un antes y un después al castigar a la Administración española con la fijeza de los indefinidos no fijos con contratos laborales.

Un fallo que, no le cabe la menor duda, va a tener consecuencias directas y específicas sobre los colectivos de jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia (LAJ) sustitutos.

«La sentencia del TJUE sobre los indefinidos no fijos es aplicable a jueces, fiscales y LAJ sustitutos. Tienen todo el derecho a conseguir la fijeza. Es la consecuencia de la puerta que el tribunal de Luxemburgo ha abierto con esta decisión», afirma Richarte en conversación con Confilegal.

En la actualidad el colectivo de jueces de carrera está formado por 5.320 personas, el de fiscales por 2.683 y el de LAJ por 4.441.

«Los jueces, fiscales y LAJ sustitutos conforman entre el 20 y 30 % de cada uno de los tres colectivos», afirma. «¿Que si un 25 %, como término medio puede valer? Sí, puede valer», señala.

Ese 25 %, entre los tres colectivos de sustitutos sumarían 3.110 personas.

«Ahora todos ellos tienen la posibilidad de conseguir lo que nosotros no pudimos porque el Tribunal Supremo nos lo impidió», cuenta.

«Los jueces y magistrados suplentes son, claramente, trabajadores temporales en abuso. Ya no cabe duda alguna a la luz de la sentencia del TJUE», afirma Richarte

«El Tribunal Supremo nos machacó en 2018, en un recurso que presentamos 18 jueces sustitutos. En otra causa, generada en Madrid, fue peor porque la Sala de lo Contencioso-Administrativo los condenó, además, en costas de 3.000 euros para cada uno de los demandantes», recuerda. «La Comisión Europea después ha reconocido que llegamos a presentar hasta 60 peticiones ante el Tribunal Supremo para que se elevara una cuestión prejudicial al TJUE. Y que el Supremo bloqueó».

«Un funcionario es un trabajador que trabaja por un sueldo. Su jurisdicción debería ser la social. No entiendo por qué tiene que ser competente la contencioso-administrativa que, además, puede condenar en costas para disuadir al trabajador de recurrir y, en el caso de hacerlo, para escarmentarlo y mandar un mensaje intimidatorio a sus compañeros», aclara.

Ahora las cosas han cambiado, para bien con esta sentencia, opina Richarte.

LOS JUECES SON UN GRUPO QUE ESTÁ MUY SOLO

El día anterior, viernes por la tarde, este jurista había participado, telemáticamente, en la mesa redonda que el sindicato CGT-FETAP organizó en la sala de conferencias del Only You Hotel de Atocha junto a varios expertos con el título «Situación del fin de abuso de la temporalidad en las administraciones públicas».

«Los jueces y magistrados suplentes son, claramente, trabajadores temporales en abuso. Ya no cabe duda alguna, a la luz de la sentencia del TJUE», dijo refiriéndose al colectivo del que formó parte y que conoce tan bien.

«Es un grupo que está muy solo. No podíamos sindicarnos. Porque éramos poder judicial. Y sólo podíamos recurrir ante el Supremo, que nos trató como ya le he explicado. Lo cual es paradójico. Los jueces sustitutos, como ocurre en otros países, cumplen una función esencial. Sus sentencias son tan válidas como las de los jueces de carrera. No puede ser de otra manera. Hasta ahora hemos sido –todavía siento esa pertenencia aunque no volvería– la oveja negra de la justicia. Pero también es un colectivo miedoso, hay que reconocerlo».

Richarte, reconocido especialista en este campo –a la fuerza ahorcan, dice el viejo dicho–, opina que la sentencia del TJUE cambia el estado de cosas actual. Lo trastoca como nada antes lo había hecho.

«Las sentencias del TJUE son aplicables a todas las jurisdicciones. Afectan tanto a la jurisdicción social como a la contencioso-administrativa, que es en la que se mueven mis antiguos compañeros, así como los fiscales y los LAJ sustitutos. La jurisdicción en Europa es única. Es para todos», subraya con vehemencia.

Este jurista es consciente de que el TJUE todavía tiene que pronunciarse sobre 5 cuestiones prejudiciales elevadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 17 de Barcelona que plantean el mismo problema para esta jurisdicción específica. Pero lo tiene claro.

«El TJUE ya se ha pronunciado y ha establecido doctrina en el caso del 22 de febrero. No la va a cambiar. Mis antiguos compañeros pueden luchar ahora por su fijeza con la certeza de que pueden ganarlo. Las cosas han dejado de ser como eran hasta ahora. Ahora solo queda echarle agallas y recurrir», concluye.

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