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El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, precisa que la recomendación se refiere a un caso no a la generalidad. Foto: EP.

El Defensor del Pueblo reconoce que las prácticas dilatorias no están generalizadas entre abogados

26 / 03 / 2024 18:07

Actualizado el 27 / 03 / 2024 14:40

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Ángel Gabilondo, el Defensor del Pueblo, ha precisado hoy, ante las fuertes críticas recibidas en las últimas 24 horas desde el colectivo de la abogacía, que algunas «actuaciones dilatorias de mala fe» de algunos letrados «no son prácticas generalizadas entre los abogados».

Desde la institución consideran que se ha malentendido la recomendación porque, argumentan, corresponde a una queja concreta de una persona. Queja que estaba contenida en el Informe 2023; la recomendación fue hecha, emitida y enviada al Consejo General del Poder Judicial. Aparece publicada en uno de los anexos del Informe anual 2023 del Defensor del Pueblo, registrado en la Cortes Generales la pasada semana.

La explicación de Gabilondo, precisando esta circunstancia, trata de devolver las aguas a su cauce esclareciendo que se ha tomado como una generalización lo que es una singularidad de un caso concreto.

«Esta recomendación responde a un caso concreto en el que el propio letrado de la Administración de Justicia del juzgado reconoce que las dilaciones indebidas en este proceso se debieron ‘a la actuación claramente dilatoria del abogado de la parte demandada’”, dice la institución en un comunicado.

El órgano presidido por Ángel Gabilondo ha respondido así al Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), que representa a los 83 Colegios de Abogados de toda España –154.000 abogados ejercientes– que ayer lunes le afeó que recomendara al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que adoptara las «medidas oportunas» para «evitar actuaciones dilatorias de mala fe de los letrados».

Previamente, al CGAE, el Colegio de la Abogacía de Madrid, por medio de su decano, Eugenio Ribón, hizo público un duro comunicado rebatiendo con datos de peso la recomendación del Defensor del Pueblo.

La citada recomendación, que fue emitida el pasado septiembre y recogida en el informe anual 2023 del Defensor del Pueblo, indicaba textualmente: «Que el CGPJ adopte las medidas oportunas para garantizar que los magistrados y jueces ejercen debidamente la función de ordenación del proceso, asegurando el principio de buena fe procesal, y que apliquen las herramientas legales de las que disponen para evitar actuaciones dilatorias de mala fe de los letrados, que perjudican el derecho a la justicia sin dilaciones indebidas».

Según ha precisado este martes el Defensor del Pueblo en un comunicado, esta recomendación responde a un caso concreto en el que el propio letrado de la Administración de Justicia del juzgado reconoce que las dilaciones indebidas en este proceso se debieron «a la actuación claramente dilatoria del abogado de la parte demandada».

Desde la Abogacía Española insistió en que «siempre actúa desde el principio de buena fe procesal y es el primer defensor del derecho a justicia sin dilaciones indebidas».

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