La Justicia absuelve a una mujer a la que suplantaron su dirección IP para estafar más de 900 euros a un tercero
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Cambados (Pontevedra) ha absuelto a una mujer que fue investigada en un caso de estafa. Foto: Confilegal

La Justicia absuelve a una mujer a la que suplantaron su dirección IP para estafar más de 900 euros a un tercero

1 / 04 / 2024 06:30

Actualizado el 31 / 07 / 2024 18:29

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Cambados (Pontevedra) ha absuelto a una mujer que fue investigada en un caso de estafa. La única prueba de su participación en los hechos delictivos fue la utilización fraudulenta de su dirección IP por ciberdelincuentes.

Según se relata en la denuncia interpuesta por la víctima en la Guardia Civil el 31 de mayo de 2022, un tercero desconocido intentó realizar cuatro trasferencias. Eran de 590 euros cada una desde su cuenta bancaria.

Al percatarse de tal circunstancia, la mujer se puso en contacto con su banco y consiguieron anularlas. Sin embargo, tras analizar movimientos previos, observó que, el día anterior un extraño le retiró de su tarjeta la cantidad de 983,45 euros en una transacción no autorizada a través de Internet.

Una vez realizadas las exploraciones oportunas para localizar al autor de este delito de estafa, la unidad policial de investigación identificó a la aquí investigada a través de su dirección IP.

«El único indicio racional de la participación de nuestra clienta en los hechos investigados es la utilización fraudulenta de su dirección de IP de conexión», adelanta Fran Peláez, abogado de la investigada y socio fundador de PenalTech.

«Los ciberdelincuentes utilizaron fraudulentamente la IP de mi clienta, suplantando su identidad, para realizar el cambio de dispositivo asociado a la cuenta bancaria de la víctima», agrega el experto en delitos informáticos».

Ningún dispositivo móvil que aparecía vinculado al banco era de la mujer

En este sentido, la defensa de la investigada informó en sede judicial que ninguno de los dispositivos móviles que aparecían vinculados a la banca electrónica de la víctima era de su propiedad. «Como diligencias complementarias, alegamos en el Juzgado que nuestra clienta posee en la actualidad un dispositivo móvil de la marca Oppo y, anteriormente, otro del fabricante LG, pero nunca uno de la multinacional Samsung, que fue mediante el cual se realizó el cargo fraudulento», explica Fran Peláez.

Fran Peláez, abogado de la investigada y socio fundador de PenalTech. Foto cedida.

Por su parte, el Fiscal, mediante escrito de 8 de marzo de 2024, interesó el sobreseimiento provisional. A su juicio, no existían indicios racionales de la participación de la mujer en el caso.

«El indicio que la vincula es que figura a su nombre la dirección IP de conexión. No obstante, la misma ha negado todo conocimiento y participación en los presentes hechos, aportando copia de la denuncia interpuesta por utilización no consentida de su IP por un tercero, así como distinta documentación relativa a los dispositivos móviles de su propiedad, ninguno coincidente con el que se le atribuye en los hechos«, argumenta el Ministerio Fiscal.

Por lo que, mediante auto de 13 de marzo de 2024, ha acordado el sobreseimiento provisional de las actuaciones en relación a la mujer y la práctica de otras diligencias de instrucción respecto a un segundo sospechoso. «No se desprenden indicios suficientes que apunten a su participación en los hechos investigados», afirma el titular del juzgado.

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