El TSJA confirma la condena por estafa a un hombre que vendió un coche alterando el número de kilómetros
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que condenó a un total de 21 años de cárcel a una funcionaria del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias que trabajaba en la cárcel de Huelva por intoxicar con metadona y otros fármacos a siete compañeros del área sanitaria.

El TSJA confirma 21 años de prisión para una enfermera de la cárcel de Huelva por intoxicar con metadona a siete compañeros

11 / 04 / 2024 11:40

Actualizado el 11 / 04 / 2024 11:52

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que condenó a un total de 21 años de cárcel a una funcionaria del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias que trabajaba en la cárcel de Huelva por intoxicar con metadona y otros fármacos a siete compañeros del área sanitaria de la prisión entre los meses de julio y noviembre del año 2018.

En la sentencia, el TSJA desestima el recurso de apelación presentado por la defensa de la acusada contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva que la condenó por cuatro delitos de lesiones cometidos sobre un mismo compañero y le impuso dos años y tres meses de prisión por cada uno de ellos, lo que hace un total de nueve años de cárcel en relación a esta víctima.

Asimismo, la Audiencia de Huelva condenó a la acusada por seis delitos de lesiones cometidos sobre los seis afectados restantes y le impuso dos años de cárcel por cada uno de ellos, lo que suman otros doce años de prisión.

No obstante, la propia Audiencia Provincial fijó que el máximo de cumplimiento efectivo de la condena no podrá exceder de seis años y nueve meses de cárcel.

De igual modo, la Audiencia Provincial de Huelva impuso a esta enfermera la inhabilitación para el ejercicio de dicha profesión durante el tiempo de duración de la condena, así como la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 300 metros de las víctimas durante un plazo de once años y nueve meses.

También deberá indemnizar a los afectados con un total de 61.840 euros, declarando la responsabilidad civil subsidiaria del Ministerio de Interior -Secretaría General de Instituciones Penitenciarias- respecto de la indemnización establecida.

El TSJA mantiene los hechos probados recogidos en la sentencia de la Audiencia, según los cuales la acusada ejerció como funcionaria del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias en la cárcel de Huelva entre los meses de julio y noviembre de 2018, encontrándose entre las funciones del citado puesto, y como responsable de la metadona, el control de las dosis que se administraban en la prisión onubense.

Contra la sentencia, fechada el día 2 de abril, cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En un armario cerrado con llave

En el centro penitenciario, las dosis de metadona se almacenaban en un armario cerrado con llave, excepto algunas diluidas con agua para ciertos internos, que permanecían accesibles durante el día. Estas últimas eran desechadas si al final del día no habían sido consumidas por los correspondientes internos.

Entre julio y noviembre de 2018, una acusada sustrajo metadona, diazepam y pregabalina de la farmacia para mezclarlas con alimentos en una nevera común, provocando intoxicaciones a siete compañeros.

La defensa apeló la sentencia, alegando vulneraciones de principios constitucionales y vulneración del principio ‘in dubio pro reo’, pero el TSJA mantuvo la condena, argumentando que la prueba era suficiente y válida para confirmar los hechos y la participación de la acusada, cumpliendo con los estándares de un juicio justo.

Prueba de cargo de naturaleza indiciaria

El TSJA argumenta que, en la sentencia de la Audiencia, y frente a la versión exculpatoria de la condenada, “se asevera de forma nítida y expresa que la base de la prueba de cargo fundamental que se ha tomado en consideración, junto al múltiple, elaborado e ilustrativo elenco de particulares de naturaleza facultativa acreditativos de los efectos de las sustancias y fármacos y su incidencia en la salud de los afectados, es de naturaleza indiciaria”.

En este punto, recuerda que la jurisprudencia tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo “han establecido que, en ausencia de prueba directa, es posible recurrir a la prueba circunstancial, indirecta o indiciaria, cuya validez para enervar la presunción de inocencia ha sido admitida reiteradamente por ambos tribunales, de modo que a través de ésta clase de prueba es posible declarar probado un hecho principal mediante un razonamiento construido sobre la base de otros hechos, los indicios, que deben reunir una serie de condiciones o requisitos” que se cumplen en el caso analizado.

La sentencia detalla cómo la acusada tenía acceso a la metadona y otros fármacos implicados en las intoxicaciones, así como al frigorífico donde se almacenaban alimentos, aprovechando su horario de trabajo para manipularlos.

También se destacó el antagonismo de la acusada hacia un compañero específico, quien resultó ser el más afectado. La coincidencia de las intoxicaciones con los turnos de la acusada y la falta de una explicación alternativa convincente respaldan la conclusión de la Audiencia.

El TSJA reafirma la validez y correcta valoración de las pruebas, subrayando que cumplen con las garantías constitucionales y justifican la condena, descartando cualquier violación al derecho a la presunción de inocencia.

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