La Inspección de Trabajo, vigilante ante las condiciones laborales de la Feria de Sevilla
El Ministerio de Trabajo ha reforzado la plantilla para la Feria con el objetivo de evitar jornadas laborales maratonianas. Foto: Confilegal

Inspección de Trabajo, vigilante ante las condiciones laborales de la Feria de Sevilla

13 / 04 / 2024 06:30

Arranca la Feria de Abril de Sevilla, uno de los acontecimientos más importantes de la ciudad junto con la Semana Santa. Una festividad en la que se contrata a cientos de trabajadores para velar por la seguridad de las personas, servir las consumiciones o montar y desmontar las casetas, entre otros.

Y como cada año, Inspección de Trabajo vigila muy de cerca las condiciones laborales de los empleados. Es muy común ver en estas fechas ofertas de empleo alarmantes, algunas recogidas en la cuenta de X -antiguo Twitter- de @soycamarero.

En una de ellas se podía ver cómo ofrecían 600 euros por 13 horas diarias, de 14:00 a 3:00 horas. En otra, pagaban 80 euros por trabajar 15 horas seguidas cotizando sólo 8.

El Ministerio de Trabajo ha reforzado la plantilla para la Feria con el objetivo de evitar jornadas laborales maratonianas, sin descanso y cobrando sueldos irrisorios. Algo que ha ocurrido en años anteriores.

Por poner un ejemplo, en 2022 se realizaron 331 actuaciones en materia de economía irregular de las condiciones laborales y de seguridad y salud laboral. Se levantaron 28 actas de infracción, según publicó elDiario.es.

Además, en 2022, los caseteros exigieron que el Gobierno regulase un estatus especial para no cumplir con la normativa de jornada laboral y descanso entre jornadas. Yolanda Díaz les recordó que la jornada laboral es de 8 horas desde 1919. 

Porque, tal y como recuerda el abogado experto en derecho laboral, Antonio Folgoso Olmo, “los trabajadores de las casetas tienen los mismos derechos que el resto de los empleados. No hay que olvidar que estos trabajadores no tienen que recibir un trato singular”.

La opción de no dar de alta tiene que estar descartada

Los empresarios deben cumplir con la normativa laboral sin que la mera existencia de la Feria les permita hacer excepciones o recortar los derechos mínimos de los trabajadores, explica. “Así que debe descartarse que por el hecho de trabajar en la Feria de Abril no haya obligación de dar de alta al trabajador o de pagar según convenio”.

Antonio Folgoso Olmo, abogado experto en derecho laboral.

Y aquellos que no cumplan con la normativa, se enfrentan a sanciones económicas. La legislación laboral, y, en concreto, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera infracción grave la transgresión de los límites en materia de jornada o el establecimiento de condiciones de trabajo inferiores a las previstas en el convenio o en la ley. 

Ello puede conllevar multas de entre 751 y 7.500 euros. El letrado matiza que la sanción por no dar de alta a los trabajadores se castiga de forma individual, es decir, una cuantía económica por persona, mientras que las de exceso de jornada es una global.

Además, los caseteros deben velar por la salud de sus trabajadores. Preguntado por las consecuencias a las que se puede enfrentar el empleador si un trabajador cae enfermo o cae desfallecido, Folgoso Olmo ha respondido que, en estos casos, las sanciones previstas en la LISOS si el accidente se produce por una falta de medidas preventivas, tiene que indemnizar al trabajador. 

“Es más, si la situación va a más y el trabajador inicia una baja médica, puede imponérsele incluso un recargo de prestaciones, lo que obligaría a la empresa a pagarle entre un treinta y un cincuenta por ciento adicional al trabajador. No es ninguna broma”.

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