seguro médico indemnización
El alto tribunal ha fallado a favor de la empresa que concedió el seguro, debido a la falta de veracidad de la clienta en su informe médico. Foto: Confilegal

Una mujer pierde 135.000 euros de indemnización de su seguro médico por ocultar que tenía cáncer

25 / 05 / 2024 06:30

Un contrato de seguro de vida e invalidez ha llevado a una mujer a enfrentarse con su compañía aseguradora, RGA Rural Vida S.A., ante los tribunales. Una cuestión que ha llegado al Tribunal Supremo, donde el alto tribunal ha fallado en contra de las pretensiones de la clienta.

El 6 junio de 2011, Ana (nombre ficticio) decidió contratar un seguro de vida e invalidez con la compañía RGA Rural Vida S.A. Contrato con un capital asegurado que alcanzaba los 135.000 euros.

Contrato al que le precedió un cuestionario médico para la clienta de la aseguradora. Clienta que «a la pregunta de si en los últimos cinco años había visitado a algún médico, contestó que sí, pero sólo para revisiones normales».

Del mismo modo, contestó que no padecía ninguna enfermedad. Tampoco tenía pendiente ninguna intervención quirúrgica.

Sin embargo, apenas unos días después, el 21 de junio de 2011, Ana fue diagnosticada de un cáncer de mama, y el 4 de diciembre de 2015 se le reconoció la incapacidad absoluta por dicha causa.

Situación médica ante la que la mujer interpuso una demanda contra RGA, solicitando que se le condenara al pago de los 135.000 euros del seguro, más costas.

Demanda que se presentó ante el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Almendralejo que, en su sentencia 6/2019, falló a favor de los intereses de la empresa aseguradora.

Así pues, el juzgado entendió que «había existido mala fe en la declaración del riesgo de la asegurada». En concreto, debido a que, en el momento de contratación del seguro, «ya se le había realizado una biopsia por un posible cáncer de mama, y estaba pendiente de su resultado».

Un fallo que no fue compartido por la Audiencia Provincial de Badajoz. Tribunal que estimaba el recurso de apelación presentado por la clienta. Y obligaba a RGA a «abonar la suma de 135.000 euro, más el interés previsto».

El Supremo niega los 135.000 del seguro a la clienta

«No se le preguntó directa y concretamente por enfermedades cancerígenas o pruebas como la biopsia. Como Ana había sido tratada desde hacía tiempo por problemas de mama, consideró que los tratamientos encajaban con revisiones normales. La biopsia no es una intervención quirúrgica». Así defendió la Audiencia Provincial que la clienta no faltó a la verdad ante la empresa aseguradora.

Palabras que condenaban a la empresa que, por su parte, presentaba recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la Sala de lo Civil compuesta por los magistrados Ignacio Sancho Gargallo, Rafael Sarazá Jimena y Pedro José Vela Torres (ponente).

«La asegurada faltó a la verdad en la declaración de salud con carácter previo a la contratación de la póliza», defiende el seguro. Así, afirman en el recurso de csación que «al estar pendiente del resultado de una biopsia, tenía que ser consciente de un estado de salud que la aseguradora debía conocer para evaluar correctamente el riesgo asegurado».

Una posición en la que coincide el Supremo en su sentencia 687/2024. Fallo en el que el alto tribunal estima las pretensiones de la compañía de seguros.

«El tomador del seguro tiene el deber de declarar al asegurador todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo», explica el tribunal. Una situación que no se produjo en el caso de esta clienta.

«El mismo día en que Ana firmó el cuestionario, había acudido al hospital a hacerse una mamografía. Ello, con un diagnóstico inicial de 70% de padecer cáncer de mama, lo que motivó la necesidad de realizar una biopsia», explica el alto tribunal. Algo que hace que, para los magistrados, «si bien la actora no tenía diagnosticado el cáncer […]sí tenía conocimiento» de su delicada situación de salud.

Razón por la que el Supremo falla a favor de la compañía. Y sentencia a la clienta a devolver la cantidad recibida del seguro.

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