Un abogado gana la batalla judicial a una clienta tras acusarle de un delito de estafa 
Los magistrados ven un comentario «censurable y moralmente reprobable», pero no un delito de odio.

No es delito de odio: Absuelto un hombre por insultar a un vecino llamándole «maricona de mierda»

3 / 06 / 2024 17:29

Actualizado el 03 / 06 / 2024 17:29

En esta noticia se habla de:

La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un hombre acusado de un delito de odio por atacar la dignidad personal y la integridad moral de una persona al emplear «conductas homófobas» por llamar «maricona de mierda» a un hombre en un supermercado de Lobios. El Ministerio Público solicitaba nueve meses de prisión.

Los magistrados ven un comentario «censurable y moralmente reprobable», pero no un delito de odio ni contra la integridad moral, sino que existe «un hecho puntual y aislado», «censurable» ocurrido en «un momento de nerviosismo».

Por ello, no ven intención por parte del acusado de discriminar al receptor del insulto por su condición sexual.

En el fallo, asimismo, señalan que no advierten ninguna circunstancia que permita inferir tal ánimo, ya que «el acusado ni siquiera conocía el denunciante» ni consta que en otro momento se dirigiese a él mostrando «algún tipo de menosprecio» hacia su persona por motivo de su orientación sexual.

Lo sucedido se remonta a la tarde del 8 de febrero del año 2022 cuando el acusado y el denunciante se encontraban en la caja de un supermercado del ayuntamiento ourensano de Lobios.

El denunciante estaba hablando con la cajera mientras introducía su compra en las bolsas y el acusado guardando cola, desde donde en un momento dijo «¿quieres acabar ya, maricona de mierda?», como él mismo reconoció en su declaración en la Audiencia.

Durante el juicio, celebrado a principios del mes de mayo, la víctima aseguró que tras escuchar el comentario y terminar de guardar su compra se fue hacia su coche sin reaccionar, pero escuchando más insultos.

Según su versión, el varón «no tuvo suficiente» y añadió frases como «qué peste a cerda, a ver si os largáis de una vez». «Me fui al coche y él continuó increpándome, diciendo ‘como apestáis los maricas’. Me he sentido ofendido y muy herido», dijo entonces el perjudicado.

En la Audiencia Provincial declararon las cajeras del supermercado, así como una clienta que también se encontraba en la cola. Las tres reconocieron haber escuchado el «maricona de mierda», pero no el resto de frases, por lo que en la sentencia no pueden dar por confirmado este extremo.

Los magistrados consideran que lo ocurrido «encaja con una vejación injusta», lo que no está penalizado.

Noticias relacionadas:

Tres años de prisión por hacer de «mula bancaria»: puso su cuenta al servicio de una trama de «phishing» empresarial

La Audiencia Provincial de Madrid delimita la frontera entre el delito de odio y el acoso laboral

Opinión | El Supremo fija doctrina contra el odio y la discriminación en una sentencia crucial

El Supremo confirma 7 condenas de hasta 2 años y medio de prisión por delito de odio contra menores migrantes en Facebook

La Fiscalía pide 1 año y 3 meses de prisión a un aficionado por insultos racistas a Marcus Rashford, del FC Barcelona

El Supremo cierra el debate: Insultar a Vinicius Jr. por su raza en un estadio es delito de odio y conlleva prisión

Lo último en Tribunales

Guardia civil de espaldas.

La Guardia Civil abre expediente disciplinario al capitán de la UCO implicado en el ‘caso Leire Díez’ y lo suspende de funciones, cautelarmente

leire diez en plaza de castilla

El PSOE eleva a 44.859 euros los pagos reconocidos a Leire Díez como asesora de comunicación

Policía Nacional(1)

El TSJ de Madrid anula la exclusión de un aspirante a Policía Nacional por la pérdida traumática del bazo

stradivarius zara despido

Un holding uso datos de dos empresas para despedir a una empleada: el juez condena con 5.000 € por vulneración de la intimidad

Ferrer y Martínez Arrieta compiten por presidir la Sala Penal del TS y Teso y Lucas, por lo Contencioso-Administrativo

El Supremo pone freno a las empresas: las cláusulas que permiten cambiar unilateralmente la jornada son nulas