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La Sección Quinta de lo Civil de la Audiencia Provincial de Cádiz aplicó el principio de efectividad de la Unión Europea que establece que el derecho comunitario prevelace sobre el derecho nacional. Foto: Confilegal.

Doble varapalo al BBVA: condenado por cláusulas abusivas y obligado a pagar los intereses desde el abono inicial

15 / 07 / 2024 06:36

Actualizado el 15 / 07 / 2024 10:29

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La Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado, en apelación, una sentencia a favor de un consumidor en el caso de nulidad y reclamación de gastos hipotecarios contra BBVA.

El fallo, que refuerza la protección de los derechos del consumidor, ha sido dictado por el tribunal de la Sección Quinta de lo Civil de la Audiencia Provincial, conformada por los magistrados Carlos Ercilla Labarta, como presidente, Miguel Ángel Navarro Robles, ponente, y Ramón Romero Navarro, en su sentencia 670/2024, de 1 de julio.

El conflicto se originó cuando un consumidor demandó a BBVA, alegando que las cláusulas suelo y de gastos hipotecarios en su contrato eran abusivas.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cádiz sentenció a su favor, declarando nulas dichas cláusulas y ordenando la devolución de los gastos hipotecarios.

Insatisfecho con el veredicto, BBVA apeló la decisión, llevando el caso ante la Audiencia Provincial.

En su sentencia, la Audiencia Provincial de Cádiz desestimó el recurso de apelación interpuesto por BBVA, confirmando la nulidad de las cláusulas abusivas. Además, el tribunal impuso las costas del recurso al banco.

El aspecto más destacado de esta sentencia es la estimación de la impugnación realizada por el consumidor, la cual modifica la sentencia inicial en el sentido de que los intereses de los gastos hipotecarios deben ser calculados desde la fecha en que fueron pagados, conforme al artículo 1303 del Código Civil, y no desde la fecha de la sentencia, como se había establecido originalmente.

EL TRIBUNAL APLICÓ EL PRINCIPIO DE EFECTIVIDAD DEL DERECHO COMUNITARIO

Esta decisión es especialmente significativa porque aplica el principio de efectividad del derecho comunitario. Esta doctrina es la piedra angular del derecho de la Unión Europea (UE) porque asegura que las normas y derechos establecidos por el derecho comunitario sean plenamente efectivos y aplicables en los estados miembros; las normas de la UE tienen, por lo tanto, supremacía sobre las leyes nacionales.

Esto significa que, en caso de conflicto, el derecho comunitario prevalece sobre el derecho nacional.

Garantiza que las normas de la UE no solo se integren en los sistemas legales de los estados miembros, sino que también se apliquen de manera efectiva para proteger los derechos de los ciudadanos y asegurar la coherencia y uniformidad en la aplicación del derecho de la UE en toda la Unión.

En este sentido, el principio de efectividad requiere que los consumidores reciban una compensación completa por los perjuicios sufridos debido a cláusulas abusivas así como que el cálculo de los intereses deben realizarse desde la fecha de pago inicial, lo que asegura que los consumidores sean totalmente indemnizados por el uso indebido de sus fondos.

Y es lo que, precisamente, ha aplicado este tribunal de apelación.

La dirección letrada del caso corrió a cargo de José Luis Ortiz Miranda, socio director de Bufete Ortiz Abogados, firma con sede en Cádiz especializada en derecho bancario, consumo y cláusulas abusivas.

«Esta sentencia no solo refuerza los derechos de los consumidores, sino que también establece un precedente importante para futuros casos de reclamaciones de gastos hipotecarios», afirmó Ortiz Miranda.

El fallo de la Audiencia Provincial de Cádiz subraya la importancia de proteger a los consumidores frente a prácticas abusivas en el sector bancario y asegura que las entidades bancarias cumplan con estándares más altos de equidad y transparencia.

Al imponer costas al BBVA y conceder intereses desde el abono inicial de los gastos, la sentencia envía un mensaje claro sobre la necesidad de una compensación justa en casos de cláusulas abusivas.

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