Asistencia médica tardía: La Justicia condena al SAS a pagar 109.000 euros a la familia de un paciente fallecido
El paciente falleció como consecuencia de una asistencia sanitaria de urgencias negligente.

Asistencia médica tardía: La Justicia condena al SAS a pagar 109.000 euros a la familia de un paciente fallecido

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03/8/2024 05:37
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Actualizado: 04/8/2024 06:33
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 109.000 euros a los familiares de un hombre de 70 años que estuvo esperando más de 3 horas a que le atendieran. Finalmente falleció desangrado.

Los magistrados Constantino Merino (ponente), Antonio Manuel de la Oliva y Miguel Pardo han considerado en la sentencia 2589/2024 de 26 de julio que el retraso era inexcusable.

El letrado del caso ha sido Ignacio Martínez, perteneciente a los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.

Los hechos tuvieron lugar el 20 de agosto de 2018 en Jaén. El paciente falleció como consecuencia de una asistencia sanitaria de urgencias negligente.

El paciente esperó horas

La familia del hombre llamó a una ambulancia para que lo atendiera por una hemorragia abundante e incontrolada por rotura de variz, la cual no llegó hasta pasada 1 hora y 15 sin médico. De allí fue trasladado al Hospital Universitario de Jaén que estaba a 200 horas de su domicilio.

Ya habían pasado tres horas desde que se había efectuado la primera llamada. Pero nada se podía hacer por salvar su vida.

Los magistrados entienden que la ambulancia medicalizada no llegó a tiempo sin motivo alguno y, además, el servicio de urgencias había actuado apartándose de su protocolo de manera negligente.

Pues mientras se sucedían las llamadas de auxilio de su mujer, dando cuenta del compromiso vital de su marido, no se le asignó el recurso que establecía el protocolo, en concreto una UME móvil que estaba disponible desde el principio, siendo que lo que acabó llegando tarde, como se dice, fue una ambulancia con conductor no sanitario.

Por estos hechos la familia se dirigió a la Asociación ‘El Defensor del Paciente’. Tras el estudio pericial se interpuso reclamación patrimonial administrativa y posterior demanda contra el SAS.

En primera instancia les concedieron 30.000 euros

Durante el procedimiento se dictó una resolución del SAS que admitía parcialmente los hechos y estimaba una indemnización de tan solo 30.000 € para toda la familia. Resolución que avaló la sentencia de primera instancia del Juzgado de lo contencioso administrativo nº1 de Jaén.

La familia apeló esta sentencia, y ahora el TSJ Andalucía estima su recurso, si bien parcialmente porque concreta el retraso inexcusable a partir de la segunda llamada.

Con ocasión de esta sentencia, Carmen Flores, presidenta de la Asociación, ha aprovechado para llamar la atención acerca de la importancia de que los servicios de ambulancias de urgencias estén convenientemente dotados y, sobre todo, que se cumplan los protocolos a la hora de asignar recursos, especialmente de UME en los casos que así lo requieren para evitar muertes que, como en este caso, no deben tener lugar.

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