Opinión | Las víctimas del Alvia y el Estado de Derecho tumban la versión oficial del siniestro dada por la Administración 

Opinión | Las víctimas del Alvia y el Estado de Derecho tumban la versión oficial del siniestro dada por la Administración 
El pasado 26 de julio se dio a conocer la sentencia penal por el caso Alvia: el accidente de tren que mató a 80 personas y dejó 152 heridos. Columna de Antonio Benítez Ostos, socio director y fundador de Administrativando Abogados.

6 / 08 / 2024 05:36

Actualizado el 06 / 08 / 2024 18:09

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El pasado 26 de julio se dio a conocer la sentencia penal por el caso Alvia: el accidente de tren que mató a 80 personas y dejó 152 heridos. El segundo siniestro ferroviario más grave de nuestra historia y el de mayor envergadura en democracia. 

La magistrada considera que los responsables del accidente son el maquinista, que se distrajo con una llamada de teléfono y tomó la curva fatal a 176 kms en lugar de a 80 kms, y el director de Seguridad de Circulación de ADIF, que días antes ordenó desconectar los sistemas de seguridad que hubieran permitido reducir sustancialmente las consecuencias fatales del fallo humano del maquinista (concretamente, el sistema de frenado automático ERTMS). 

La condena del alto directivo de ADIF, pone de manifiesto que las cosas no se hicieron bien desde el principio (para evitar o minimizar los daños a causa del accidente), ni después (cuando se investigó el siniestro y toda la responsabilidad recayó en el maquinista). 

Al margen de que las víctimas se encuentren satisfechas con el sentido y alcance de la sentencia, éstas, a través de su Presidente, Jesús Domínguez, siguen reclamando una investigación técnica independiente por parte de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF).

En este sentido, y al hilo de dicha investigación, Administrativando Abogados, es el despacho que ostenta la defensa de la Asociación en el orden administrativo y contencioso-administrativo.

Recordemos, a grandes rasgos, los antecedentes de dicho proceso administrativo:  

El 20 de mayo de 2014, se emitió el Informe Final de la Investigación del accidente, suscrito por la CIAF, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Fomento.

Desde el inicio, el equipo investigador de dicho Organismo, lo conformaban en su mayoría, miembros del sector ferroviario directamente implicados en el siniestro (ADIF, RENFE e INECO), por lo que la Asociación Plataforma Víctimas Alvia, denunció en Europa, la falta de independencia de los miembros de la CIAF, así como la ausencia de intervención y acceso de los interesados (los heridos y familiares de los fallecidos) en el expediente.

Tras las señaladas denuncias, la Agencia Ferroviaria para la Comisión Europea, en su Documento de Asesoramiento ERA/ADV/2015-6, consideró que la investigación del siniestro llevada a cabo por la CIAF no fue independiente, además de presentar graves irregularidades como no haber ofrecido audiencia a las víctimas ni haberles informado de sus derechos en el procedimiento.

La conclusión del citado documento fue clara y tajante: “La Agencia considera que debería abrirse una investigación que cumpla con los requisitos de independencia y aborde, como mínimo, los puntos débiles identificados anteriormente y en el informe a continuación”.

Asimismo, desde la Comisión Europea, se reconoció expresamente la falta de independencia de la CIAF. 

Tras ello, la Asociación, con la representación de Administrativando Abogados, presentó una petición expresa para que se llevara a cabo la investigación técnica independiente; instancia que no fue resuelta expresamente, lo que motivó la presentación de un recurso contencioso administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde recayó Sentencia parcialmente estimatoria, por la que se condenaba a la CIAF actual a pronunciarse expresamente sobre la solicitud de la Asociación para llevar a cabo la investigación pretendida. No existía ningún precedente judicial en nuestro país similar a éste.

La sentencia fue recurrida mediante recurso de casación, aunque el Supremo confirmó la previa Sentencia del TSJ. 

Por ello, en fase de ejecución de la Sentencia, la CIAF dicta una resolución, acordando que no procede llevar a cabo una investigación técnica independiente conforme al procedimiento legalmente establecido; resolución que sido recientemente recurrida por Administrativando Abogados, ante el TSJ de Madrid

Los argumentos opuestos son que, a la fecha, aún no se ha investigado de forma independiente y objetiva la tragedia, en los términos exigidos por la Directiva de Seguridad Ferroviaria y a la normativa española de aplicación, y que se ha prescindido del trámite de audiencia en el procedimiento de investigación.

Pues, bien recientemente hemos formulado demanda ante el TSJ de Madrid, en este mes de julio; y es que la CIAF, en respuesta a la solicitud de esta parte, y obligada por el TSJ de Madrid primero, y después por el Tribunal Supremo, ha señalado que no es necesario volver a efectuar una nueva investigación porque el sector ha avanzado a nivel técnico o de sistemas de control aplicados, por lo que la repetición de la investigación técnica sobre aquel suceso, no conduciría a nuevas conclusiones ni recomendaciones que no hubiesen sido ya implantadas.

Es evidente, que la nueva investigación sí que podría aportar -al contrario de lo que se indica por la CIAF- nuevas mejoras a la seguridad del transporte ferroviario; pero no solo eso, es que por mucho que el sector haya avanzado, no se ha realizado una investigación técnica preceptiva acorde con la normativa, pudiendo haber eludido irregularidades que, a día de hoy, quedan desprovistas de mejoras, condenando a repetir de nuevo la historia que ahora se cuestiona.

La Sentencia penal y la condena del alto cargo de ADIF, desvela con rotundidad que las conclusiones a las que llegó la CIAF, en las que se culpaba del siniestro exclusivamente al maquinista, sin ofrecer ningún tipo de trámite de audiencia a las víctimas, era completamente errada fruto de una investigación totalmente parcial en la que se advertía un severo conflicto de interés.  

Es hora de que la Administración pueda replantear lo hecho hasta el momento. No puede seguir por la misma senda, la seguridad y la vida de las personas, están por encima de intereses políticos y económicos, y el Estado, a través de ADIF y RENFE, deben asumir sus responsabilidades, no solo penalmente, sino también con la sociedad y el Estado de Derecho.

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