Caso Nacho Cano: La juez de instrucción rechaza prueba documental de mensajes de WhatsApp por «irrelevante»
El compositor Nacho Cano, creador del musical Malinche, tiene por delante un largo recorrido en la causa que se instruye en los Juzgados de Madrid sobre la contratación supuestamente ilícita de una bailarina mexicana. Foto: EP.

Caso Nacho Cano: La juez de instrucción rechaza prueba documental de mensajes de WhatsApp por «irrelevante»

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26/9/2024 05:38
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Actualizado: 26/9/2024 08:36
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Nacho Cano y otros tres investigados han visto como la magistrada, que los está investigando por los supuestos delitos contra los derechos de los trabajadores y favorecimiento de la inmigración clandestina, ha rechazado la prueba documental aportada, consistente en mensajes de WhatsApp entre la denunciante, Lesly Guadalupe Ochoa Flores, con Susana Jové Franch –investigada– por considerarla «irrelevante».

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción 19 de Madrid, María Inmaculada Iglesias Sánchez, está investigando el caso Nacho Cano que tiene su origen en la denuncia que presentó Lesly Guadalupe Ochoa, bailarina mexicana del musical «Malinche«, creado por el músico, y que se está representando en Madrid.

De acuerdo con la denuncia presentada por Ochoa, 18 becarios y ella fueron contratados de forma irregular en México. Fueron traídos a España con visados de turismo, sin los permisos legales para trabajar, lo que los colocó en una situación vulnerable.

La magistrada Iglesias Sánchez, en un auto dictado ayer, recuerda que «además de la declaración de la denunciante perjudicada, doña Lesly, contamos con otros medios probatorios, siendo irrelevantes las conversaciones que se aportan para esclarecer si los investigados han participado en los hechos imputados».

Cano y el resto de los investigados solicitaron también a la magistrada que requiriera a la denunciante para que entregara su teléfono móvil con el fin de que la Policía verificara si se habían borrado mensajes escritos de WhatsApp y qué mensajes, así como los mensajes de audio que no se han aportado y el volcado de todas las conversaciones o grupos en los que aparece la denunciante y los denunciados para demostrar la realidad de lo ocurrido.

A todo ello se ha negado la magistrada: «La admisión de la prueba documental aportada por la defensa necesariamente implicaría practicar la solicitada por la acusación particular con el fin de incorporar a autos las conversaciones íntegras, lo que supondría, por un lado, una dilación en el procedimiento con pruebas inútiles y, por otro, un menoscabo para la dignidad de la víctima del presunto delito al contener las conversaciones datos de su vida ajena a este procedimiento».

TAMPOCO HA ADMITIDO EL AUTO DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 9 PRESENTADO POR CANO

De la misma forma, la magistrada ha inadmitido el auto que dictó el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 9 de Madrid y que han aportado también los investigados como prueba documental.

En dicho auto, referido a la situación de los becarios mexicanos que participaron en el musical «Malinche», dicho Juzgado decretó que la negativa de la Delegación de Gobierno de Madrid para conceder la prórroga de estancia de los becarios no estaba suficientemente justificaba y no demostraba daño alguno al interés público.

La titular del Juzgado de Instrucción 19 de Madrid ha citado a la bailarina denunciante el próximo 4 de octubre a las 10 de la mañana para ser oída como denunciante/perjudicada.

De acuerdo con Juan Gonzalo Ospina, socio director de Ospina Abogados, y de Beatriz Uriarte, socia de la misma firma, que representa a la denunciante Lesly Guadalupe Ochoa, «hay un hecho incontrovertible y es que Nacho Cano se fue a México y se trajo a veinte bailarines a guisa de becarios y como turistas, sin permiso de residencia y sin contrato. Ese es nuestro punto de vista y el auto de la magistrada no hace más que confirmarlo».

Y añade: «Entendemos que el señor Cano recurra a cortinas de humo como la de calificar a los policías que le detuvieron como de ‘chulos de Marlaska, macarras y paletos’. En la abogacía tenemos un viejo dicho que dice ‘Si tienes razón, golpea con las pruebas; si no tienes pruebas, golpea con la ley; si ni la ley está a tu favor, golpea la mesa’. Eso es lo que, en mi opinión, está haciendo el señor Cano: golpeando la mesa», concluye.

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