Puigdemont y Comín
El Tribunal de Justicia desestima definitivamente el recurso de Carles Puigdemont y Antoni Comín contra la negativa del presidente del Parlamento Europeo a reconocerles la condición de diputados europeos en junio de 2019.

El TJUE desestima el recurso de Puigdemont y Comín contra el Parlamento Europeo por negarle el escaño 

26 / 09 / 2024 10:07

Actualizado el 26 / 09 / 2024 10:45

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado definitivamente el recurso de Carles Puigdemont y Antoni Comín contra la negativa del presidente del Parlamento Europeo de reconocerles la condición de diputados europeos en junio de 2019. Por aquel entonces, el presidente era Antonio Tajani.

En definitiva, ha dado la razón a la Eurocámara cuando negó la entrada a ambos porque la Junta Electoral Central no comunicó sus nombres en la lista. No habían acatado la Constitución, es decir, no juraron la carta Magna.

Según se explica en la sentencia del TJUE, con sede en Luxemburgo, «el Tribunal General -primera instancia- declaró correctamente que el presidente del Parlamento Europeo no podía apartarse de la lista de diputados electos que las autoridades españolas le habían notificado oficialmente».

«En efecto, el presidente del Parlamento no dispone de ninguna competencia para controlar la exactitud de dicha lista, so pena de quebrantar el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros».

Los hechos

Los hechos se remontan al 1 de octubre de 2017 tras la celebración del referéndum de Cataluña. Por aquel entonces se entabló un proceso penal contra Puigdemont y Comí, que eran presidente del Gobierno de Cataluña y consejero de gobierno respectivamente.

Ambos abandonaron España, por lo que ese proceso penal tuvo que suspenderse hasta que apareciesen, dictándose contra ellos ordenes nacionales de busca y captura. Sin embargo, se presentaron a las elecciones al Parlamento Europeo en España el 26 de mayo de 2019 y resultaron electos.

El 29 de mayo de 2019, el presidente del Parlamento Europeo dictó una instrucción en la que indicaba, por una parte, que tenía que denegarse a todos los candidatos electos en España el «servicio especial de acogida» prestado a los nuevos electos al Parlamento Europeo. Y, por otra parte, que no debía procederse a la acreditación de aquellos hasta que se hubiera confirmado oficialmente su elección.

Puigdemont y Comín acudieron al TGUE en 2019

Días después, el 14 de junio, Puigdemont y Comín solicitaron al presidente del Parlamento Europeo que retirase esa instrucción para poder tomar posesión de sus escaños y poder disfrutar de los derechos asociados a su condición.

Pero cuando la Junta Electoral Central notificó al Parlamento la lista de los candidatos electos en España, su nombre no aparecía en ellos. Pues ni siquiera habían prestado juramento a la Constitución, algo que exige la ley nacional.

El 28 de junio de 2019 ambos decidieron interponer ante el Tribunal General un recurso de anulación que se dirigía principalmente contra la negativa del Parlamento Europeo a reconocerles su condición de eurodiputados. Pero 6 de julio de 2022 desestimaron la petición al considerar que tales actos no eran recurribles, por lo que el asuntó acabó en el TJUE.

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