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Bruselas lleva a España al TJUE por no haber adoptado el tipo mínimo del 15 % a las multinacionales

3 / 10 / 2024 13:09

Actualizado el 03 / 10 / 2024 13:09

La Comisión Europea ha denunciado este jueves a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber aprobado el impuesto mínimo global del 15 % a las multinacionales con los requisitos que exige la ley europea, algo que debería haber hecho antes de que finalizara 2023.

Bruselas también ha llevado ante la Justicia europea por este mismo motivo a Polonia, Portugal y Chipre, que tampoco han adoptado a tiempo este gravamen acordado a nivel global en el seno de la OCDE para evitar la elusión fiscal de las grandes corporaciones, ha informado la institución en un comunicado.

15 % en el impuesto de multinacionales

El Gobierno adoptó en 2022 un tipo mínimo del 15 % en el impuesto de sociedades que se aplica sobre la base imponible, mientras que la directiva comunitaria exige que este gravamen se aplique al resultado neto contable ajustado de las corporaciones.

El Consejo de Ministros aprobó en junio de este año la ley para cumplir con dicha normativa comunitaria, pero la legislación todavía completar el trámite parlamentario para ser adoptada formalmente. Una vez lo haga, se aplicará de forma complementaria al tributo de 2022.

Mientras tanto, el Ejecutivo comunitario ha constatado que España, Portugal, Polonia y Chipre «aún no han notificado las medidas nacionales de transposición» a pesar de que «casi todos los Estados miembros de la UE han cumplido estas obligaciones».

En consecuencia, y aunque reconoce que estos países «están realizando esfuerzos significativos para finalizar su legislación nacional», la institución ha dado el tercer paso en los procedimientos de infracción, que supone elevar el caso a la Justicia europea.

Ultimátum de Bruselas

Bruselas ya había enviado un ultimátum en mayo a las autoridades españolas para que aprobara este impuesto con los requisitos que impone la directiva comunitaria.

Para la Comisión Europea, la aprobación de esta directiva es «fundamental» para garantizar una aplicación efectiva del acuerdo internacional del G20 y de la OCDE puesto que «limitará la competición a la baja en los tipos del impuesto de sociedades» y «contribuirá a reducir el riesgo de erosión de la base imponible y el traslado de beneficios».

En particular, exige que los beneficios de empresas multinacionales con un volumen de negocios anual a nivel agregado superior a los 750 millones de euros estén sujetos a un tipo impositivo efectivo de al menos el 15 %.

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