Absuelto el guardia civil que abatió a un joven esquizofrénico en Manzanares: actuó en legítima defensa
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12/11/2024 13:42
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Actualizado: 12/11/2024 13:44
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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al agente de la Guardia Civil acusado de homicidio por imprudencia tras disparar a Diego Martínez-Conde, un joven de 26 años que padecía esquizofrenia paranoide.
Los hechos acontecieron en la madrugada del 20 de septiembre de 2020. Diego, un joven de 26 años, se encontraba en casa de unos amigos en Manzanares el Real, en la Comunidad de Madrid. Un joven que padecía esquizofrenia paranoide, debido a una enfermedad grave que sufrió de adolescente.
En dicha madrugada, tal y como se puede leer en la sentencia, el joven atravesaba un episodio de descompensación de su enfermedad. Algo que le hizo gritar amenazas en medio de la calle, manejando unas pequeñas navajas. «Hijos de puta, fuera de aquí, os voy a matar«, destacaba el joven, según recoge ahora el fallo de la Audiencia Provincial.
Acciones que provocaron que, minutos después, «y de manera escalonada, fueron llegando al lugar diversas patrullas de la Guardia Civil». En concreto, hasta 12 agentes se personaron en el lugar, intentando tranquilizar a la víctima, sin éxito.
Y es que, en un momento de nerviosismo, Diego «volvió a efectuar un giro brusco y acometió contra el acusado, empuñando las navajas».
El agente de Guardia Civil actuó en legítima defensa
«En defensa de su integridad física, (el agente) efectuó, desde una distancia aproximada de metro y medio y en posición frontal con respecto al fallecido, dos disparos seguidos», explica la sentencia 332/2024 de la AP. Segundo disparo que, lamentablemente, alcanzó la cara interna del muslo del joven, provocando la rotura de la arteria poliptea.
Una situación extrema en la que, ante los tribunales, existen dos versiones: por un lado, las declaraciones del guardia civil acusado. Por otro, testigos del lugar de los hechos, que señalan al agente como culpable de homicidio.
En su declaración, el guardia civil acusado relata lo acontecido, tal y como lo hacen los hechos probados. La víctima rompió el cerco policial, huyó a la carrera, se ejecutaron cuatro disparos preventivos al aire y acto seguido se volvió, amenazó al agente abalanzándose hacia él. Y éste le disparó ante el temor a un menoscabo de su integridad física. Una versión que corroboraban el resto de agentes presentes.
Sin embargo, dos testigos de la zona aseguraron que el agente disparó a la víctima por la espalda mientras huía a la carrera.
“Concurre una eximente completa de legítima defensa que solo puede conducir a un pronunciamiento absolutorio”, asegura el tribunal en su fallo. Y, por ende, añaden que “no procede imponer responsabilidad civil alguna”.
La clave del caso: el testimonio del forense
Dos versiones muy distintas de los hechos ante los que el tribunal no duda en posicionarse de cara al análisis de las pruebas objetivas del caso. Ello, destacan los magistrados, debido a que “ya que no se alcanza a adivinar de manera casi mágica qué testigos dicen la verdad, tan solo queda prudentemente cotejar el contenido de tales testimonios con el resto de pruebas”.
Así pues, el tribunal, compuesto por los magistrados Juan José L.Ortega, Gregorio María Callejo Hernanz y Alicia Cores García, no dudaron en centrar su decisión en las pruebas forenses del caso.
Fueron las explicaciones del médico forense las concluyentes a ojos de los jueces. “El disparo que causó el fallecimiento muy probablemente vino en una posición más o menos frontal. Es cierto que en este punto –prosigue-, no se puede tener exacta certeza, en tanto que se trata de dos cuerpos, el del que dispara y el del receptor del disparo, en una situación dinámica, pero las posibilidades de un disparo más lateralizado o trasero disminuyen considerablemente”.
El médico forense llega a hablar, por tanto, de que hay una probabilidad “muy relevante” de que el disparo fuera frontal. Algo que encajaba con el testimonio del agente de la Guardia Civil, mejor que con el ofrecido por los testigos.
Del mismo modo, el informe de balística y el de química a través de los residuos en la ropa del finado vienen también a corroborar la versión de la defensa del agente. Ello, al descartarse “el disparo a quemarropa” y fijarse una distancia de metro y medio entre el arma y el cuerpo. Unos datos más compatibles con la situación narrada por el agente de la Guardia Civil que la versión en virtud de la cual agentes dispararon por la espalda a la víctima.
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