Víctor de Aldama
A Victor de Aldama se le investiga por delitos de pertenencia a organización criminal, blanqueo de capitales y contra la Hacienda pública en el marco de una causa en la que se investiga un fraude en el pago de impuestos de hidrocarburos.

La Audiencia Nacional mantiene en prisión al empresario Víctor de Aldama por riesgo de fuga

15 / 11 / 2024 14:44

Actualizado el 15 / 11 / 2024 14:46

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La Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de la defensa del empresario Víctor de Aldama contra el auto del juez Santiago Pedraz que acordó su ingreso en prisión sin fianza por delitos de pertenencia a organización criminal, blanqueo de capitales y contra la Hacienda pública en el marco de una causa en la que se investiga un fraude en el pago de impuestos de hidrocarburos.

riesgo de fuga y posibilidad de destrucción de pruebas

En su auto, la Sala rechaza la nulidad que invocaba la defensa de Aldama por haber superado el plazo de detención de 72 horas y apunta que la gravedad de delito y la pena que se le pudiera imponer justifica la prisión dado que los imputados podrían eludir la acción de la Justicia mediante su fuga.

El tribunal señala que en esta fase de la investigación queda mucho material incautado en los registros que está pendiente de analizar que podría dar lugar a nuevas diligencias que podrían verse perjudicadas de encontrarse Aldama en libertad.

Igualmente, recuerda que una parte importante de lo defraudado (casi 74 millones de euros) se podría haber transferido a cuentas en el extranjero por lo que es preciso su localización y bloqueo, así como la determinación de las operaciones de blanqueo presuntamente ejecutadas.

Unas medidas que, según la sala “se verían frustradas o, al menos, dificultadas si el investigado se encontrara en libertad, ya que hoy día, con los medios telemáticos podría seguir operando con los fondos depositados en el extranjero y ocultar los canales utilizados para la transferencia de los fondos a terceros países”.

Por todo ello, la Sala concluye que concurren dos de los fines (riesgo de fuga y posibilidad de destrucción de pruebas) que la ley contempla para legitimar la prisión provisional.

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