El caso Begoña Gómez llega hasta la petición de certificado de matrimonio de Sánchez: ¿es mejor la separación de bienes?
El pasado 19 de noviembre, el titular del Juzgado de Instrucción Nº41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, ordenó a la policía judicial consultar la numeración de las cuentas corrientes en las que figurase como titular Begoña Gómez, mujer del presidente Pedro Sánchez. Pero también reclamó al Registro Civil Único de Madrid el «certificado literal de matrimonio».
Hay que recordar que a Gómez se le investiga por presunto tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.
El letrado experto en familia, Enrique Sainz, de Fúster-Fabra, cree que Peinado ha solicitado tal información para conocer en qué régimen están casados. Pues, si lo están en separación de bienes, las ganancias que haya podido obtener Gómez son suyas, no de Sánchez.
En cambio, si están casados en gananciales, Sánchez sí se podía haber beneficiado. Todo ello en el caso de que se demostrasen las acusaciones.
Elementos a valorar antes de casarse
Pues bien, el abogado cuenta que existen tres factores personales o financieros que debería considerar una pareja para decidir entre un régimen u otro a la hora de casarse. Ya que un matrimonio puede salir bien, o puede salir mal.
Son, por ejemplo, la profesión de ambos -teniendo en cuenta si es autónomo o trabajador por cuenta ajena-, la riqueza de cada parte y, sobre todo, el patrimonio que pueda tener cada cónyuge. En base a eso, deben decidir.
Y es que, hay que tener en cuenta que existen profesiones como, por ejemplo, la arquitectura o el periodismo donde puede ocurrir que alguien presente una demanda contra uno de los cónyuges en la que, tras una sentencia, se tenga que pagar una importante cantidad de dinero.
Por lo que, en este caso, el experto considera que es más favorable casarse en separación de bienes porque, si embargan a una de las partes, cada uno asume sus deudas. Ello salvo que el otro haya autorizado previamente responder solidariamente ante ellas.
En este sentido, el régimen económico matrimonial de gananciales entraña ciertos riesgos donde existen varias categorías de deudas, comenta. Primero, están las deudas gananciales, que son aquellas que se contraen por ambos cónyuges como puede ser comprar un producto con una tarjeta y financiar el pago.
Por otro lado, también son deudas gananciales aquellas adquiridas por un sólo miembro de la pareja pero para beneficiar al núcleo familiar. Por ejemplo, la solicitud de un préstamo para pagar el colegio del hijo.
Y, en tercer lugar, están las deudas contraídas por un cónyuge pero sin el conocimiento del otro. En este caso, sólo respondería el cónyuge deudor con sus bienes privativos. Ahora bien, explica el letrado, si no tiene bienes suficientes el acreedor irá a por los comunes. En este caso se podrá embargar la casa.
Cambiar de régimen una vez casados es posible
Por otro lado, Sainz comenta que existe la posibilidad de cambiar de régimen una vez te hayas casado. Pues se puede pactar antes y después de contraer matrimonio.
No obstante hay que diferenciar ambas situaciones, matiza. «Si te has casado en separación de bienes hay que ir al notario y hacer capitulaciones para cambiar al régimen económico de gananciales».
Pero si es al revés, la cosa cambia, explica. «Si te has casado en gananciales y quieres cambiarlo, puedes hacerlo. Pero tienes que liquidar la sociedad de gananciales. Por ejemplo, si el matrimonio tuvo lugar el 1 de enero de 2015 y el 2 de febrero de 2016 quieres cambiarlo, hay que repartir esos bienes en común. «No es obligatorio hacerlo al momento».
El letrado recomienda siempre el régimen de separación de bienes. «Está muy demonizado y la gente se piensa que es desconfianza, pero no es así, da seguridad» y permite mantener aislado el patrimonio. Como desventaja, que a la hora de separarse, la persona que tiene menos economía se ve desfavorecida.
Además, en caso de divorcio «es mucho más cómodo» la separación de bienes. «No hay proceso más tedioso y largo en derecho de familia que una liquidación de la sociedad de gananciales». Algo que, tal y como comenta, puede llegar a durar hasta 4 años.
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