temperatura trabajo
Las posibles fricciones entre compañeros por la temperatura de la oficina también puede afectar a la compañía a nivel legal. Foto: Confilegal

La ‘dictadura’ de la temperatura: las consecuencias legales de tener que pasar frío o calor en la oficina

19 / 12 / 2024 05:35

El consenso sobre la temperatura en el espacio de trabajo no siempre es una tarea sencilla. Y es que, a pesar de la regulación existente, no siempre es fácil encontrar un equilibrio que satisfaga a todos los empleados. Una cuestión que, incluso, puede llegar a los tribunales.

Con la llegada de las bajas temperaturas, el conflicto sobre la temperatura de confort llega a las oficinas y puestos de trabajo. Y es que, mientras algunos encuentran su espacio de comodidad rozando los 18 grados, otros necesitan más temperatura para trabajar de forma cómoda.

Un conflicto térmico que, tal y como indica el laborista Daniel Villalba Santos, está regulado gracias a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real Decreto 486/1997.

Así pues, tal y como destaca el letrado, «las condiciones ambientales en el lugar de trabajo deben ser seguras y saludables». Planteamiento que fija una horquilla de temperaturas entre los 17ºC y los 27ºC en caso de trabajos sedentarios, y entre 14ºC y los 25ºC en caso de trabajos ligeros con actividad física moderada.

Rangos de temperaturas que, sin embargo, no siempre son suficientes para evitar los conflictos laborales. Algo que, incluso, puede llegar ante los tribunales.

Sanciones y demandas por la temperatura en el trabajo

Situación ante la que, de no estar en una temperatura adecuada para llevar a cabo su trabajo, el empleado puede negarse a realizar el mismo.

«El trabajador puede abandonar su puesto o negarse a trabajar si existe un riesgo grave e inminente para su salud», explica a Confilegal Ignacio Palomar Ruiz, socio director de Servilegal Abogados. Un riesgo que supone una «condición» al abandono del trabajo por razones de temperatura.

Por ejemplo, en el caso de «exposición prolongada a temperaturas extremas, golpes de calor o hipotermia», explica el letrado. Casos en los que «es importante informar al empleador o al servicio de prevención antes de interrumpir la actividad. Si la empresa no toma medidas para corregir la situación, el trabajador debe contactar al Comité de Seguridad y Salud o a la Inspección de Trabajo».

Del mismo modo, el empleador es el responsable de cuidar de los estándares de temperatura en el lugar de trabajo. Algo que, de no cumplir adecuadamente, puede conllevar a sanciones para la compañía. Ello, «según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social».

«No garantizar condiciones adecuadas en el lugar de trabajo constituye una infracción que puede ser leve, grave o muy grave, dependiendo del riesgo para la salud de los trabajadores. Las sanciones pueden oscilar entre los 750 euros (leves) y los 983.736 euros (muy graves)», segura Palomar Ruiz.

Falta de condiciones adecuadas de trabajo que pueden llegar a afectar a la salud del trabajador. Algo que puede acabar ante los tribunales. Y es que el trabajador «puede demandar a la empresa si acredita que los problemas de salud derivan del incumplimiento de las condiciones laborales»-

Una demanda que puede gestionarse a través de la vía administrativa, con una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. También a través de la vía judicial.

«El trabajador puede demandar a la empresa por daños y perjuicios derivados de una mala prevención de riesgos laborales», asegura el abogado. Una demanda que puede conllevar una sentencia de indemnización al empleado, e incluso, al aumento de las prestaciones por accidente laboral.

Recomendaciones para evitar un conflicto

Sin embargo, varias son las recomendaciones que Villalba Santos ofrece en esta situación de desequilibrio de la temperatura antes de llegar a los tribunales.

La primera de ellas, «escuchar al equipo. Dar espacio para que todos expresen cómo se sienten. Muchas veces, ser escuchados ya reduce tensiones».

Del mismo modo, también se pueden dar soluciones como permitir el uso de ropa adicional, como pequeñas mantas o chaquetas o, en el caso de los que tienen calor, una «ventilación regular».

Si no se llega al acuerdo en cuanto a la temperatura, el abogado también ofrece otras alternativas, como la posibilidad de «ofrecer calefactores individuales, reubicar el puesto a una zona más cálida o, en casos extremos, considerar el teletrabajo o ajuste de horario».

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