Fue el pasado julio cuando la instructora del caso, Ana Ferrer, envió a Baltar a juicio al considerar que, los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial, que el Código Penal castiga con pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de seis a 12 meses. Foto: EP

El Supremo juzga al senador del PP José Manuel Baltar por conducir por encima de la velocidad permitida

13 / 01 / 2025 05:35

El Tribunal Supremo (TS) juzga al senador del PP José Manuel Baltar por un presunto delito contra la seguridad vial, por conducir supuestamente a una velocidad superior a la legalmente permitida en un tramo de la autovía A-52 en sentido Benavente. La Fiscalía pide que sea condenado con una multa de 1.800 euros y sin carnet de conducir durante un año y un día.

Los hechos por los que se juzgará al senador ‘popular’ se remontan al 23 de abril de 2023, cuando fue interceptado, según el informe definitivo de la Guardia Civil de Tráfico, a 215 kilómetros por hora en la A-52, a su paso por Asturianos (Zamora), al volante de un coche de la Diputación de Ourense.

Fue el pasado julio cuando la instructora del caso, la magistrada Ana Ferrer, envió a Baltar a juicio al considerar que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, el resultado arrojado es de 204 kilómetros por hora, lo que sigue estando por encima de la velocidad máxima permitida en ese tramo de la autovía.

Así, concluyó que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial, que el Código Penal castiga con pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de seis a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días; y que de acabar en condena implican la pérdida del carnet de conducir de 1 a 4 años.

No obstante, la Fiscalía, en su escrito, reclama una pena de seis meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, lo que se traduciría en unos 1.800 euros. El Ministerio Público también pide un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.

Además, el Supremo ha declarado pertinentes las pruebas propuestas por la Fiscalía y por la defensa, que incluyen el interrogatorio del propio Baltar, así como la declaración de testigos, entre otros, de los guardias civiles que realizaron el atestado.

BALTAR NEGÓ LOS HECHOS

Baltar compareció voluntariamente ante el Supremo para negar que condujera a esa velocidad. «No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora», dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.

Un juzgado de instrucción ya acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad, pero, una vez acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, se inhibió y envió las actuaciones al Supremo.

Antes de que el caso llegara al TS, la Fiscalía también presentó ante los juzgados de Galicia un escrito de acusación contra Baltar considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial.

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