El Supremo estadounidense rechaza intervenir por el cuadro de Pissarro expoliado por los nazis propiedad del Thyssen
La decisión de la Corte Suprema de que se repita el juicio sobre la propiedad del cuadro bajo la ley californiana es un mal presagio para la Fundación Thyssen-Bornemisza. Foto. Confilegal.

La Corte Suprema de los EE.UU. anula la sentencia del tribunal federal que falló a favor de la Fundación Thyssen-Bornemisza y ordena que se repita el juicio

10 / 03 / 2025 18:36

Actualizado el 10 / 03 / 2025 18:39

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La Corte Suprema los de Estados Unidos ha anulado este lunes la sentencia del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito federal que determinó que la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza no estaba obligada a devolver el cuadro «Rue Saint-Honoré, après-midi, effet de pluie», de Camille Pissarro, a la familia Cassirer.

La decisión de la Corte Suprema obliga ahora a que el caso vuelva a ser juzgado en California bajo la ley californiana y no el Código Civil español, como se hizo en la sentencia previa, mediante la aplicación de la doctrina del conflicto de leyes, que determina qué legislación debe aplicarse en disputas con elementos internacionales.

“El Noveno Circuito había decidido previamente que la Fundación Thyssen-Bornemisza tenía derecho a la pintura bajo la ley española en virtud del transcurso del tiempo por prescripción adquisitiva. Ahora queda claro que la ley aplicable para determinar quién es el legítimo propietario es la ley de California, según la cual el cuadro pertenecería a la familia Cassirer», ha declarado el abogado Bernardo Cremades Jr,, del bufete español B. Cremades & Asociados.

Esta firma representa a la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España como Amicus Curiae ante el Tribunal Supremo de los EE.UU. en apoyo de a la familia Cassirer en el caso Cassirer v. Thyssen-Bornemisza Collection Foundation,

La sentencia, publicada hoy sin motivación en la página oficial del Supremo, establece que la decisión del Noveno Circuito queda anulada y que el caso debe ser reexaminado aplicando el derecho estatal de California.

Se trata de un giro de 180 grados en el largo litigio que la familia Cassirer mantiene desde hace más de dos décadas para recuperar la obra que les fue arrebatada por los nazis en 1939.

El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito aplicó el derecho español para resolver el litigio debido a que el cuadro «Rue Saint-Honoré, après-midi, effet de pluie» ha estado en posesión de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, con sede en Madrid, desde 1993.

Según el Código Civil español, una persona o entidad que posea un bien durante un período prolongado (en este caso, más de seis años en el caso de bienes muebles) y lo haga de buena fe puede adquirirlo legalmente por prescripción adquisitiva o usucapión (artículos 1955 y 1956 del Código Civil).

El tribunal concluyó que, dado que el Estado español y la Fundación Thyssen compraron la obra sin saber que había sido expoliada por los nazis, y que habían pasado varias décadas sin que se reclamara el cuadro, la Fundación era la propietaria legítima bajo la ley española.

El cuadro, pintado por Pissarro en 1897, perteneció a la familia Cassirer hasta que en 1939 Lilly Cassirer se vio obligada a “venderlo” a los nazis a cambio de un pasaporte para poder huir de Alemania.

Décadas más tarde, en 1976, el barón Hans Heinrich Thyssen-Bornemisza adquirió la obra en una galería de Nueva York, y en 1993 la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza lo incorporó a su colección en Madrid.

En 1999, el nieto de Lilly Cassirer descubrió la pintura expuesta en el Museo Thyssen y, tras infructuosas gestiones diplomáticas, inició una batalla judicial que aún sigue abierta.

En 2022, el Tribunal Supremo de EE.UU. ya había intervenido en el caso, determinando que la norma de conflicto de leyes de California debía ser aplicada para decidir si la legislación española o la californiana regulaba la titularidad del cuadro.

Sin embargo, el Noveno Circuito concluyó en enero de 2024 que la Fundación Thyssen-Bornemisza seguía siendo la legítima propietaria, al aplicar el derecho español sobre prescripción adquisitiva.

Ante este fallo, la familia Cassirer recurrió nuevamente a la Corte Suprema, argumentando que una nueva ley de California obligaba a aplicar la legislación estatal en casos de restitución de obras expoliadas en el Holocausto. La Corte Suprema ha dado ahora la razón a los demandantes, anulando la sentencia anterior y ordenando que el caso se reexamine bajo la normativa californiana.

La Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España han apoyado activamente a los Cassirer desde 2017, personándose en el proceso como amicus curiae, al igual que la Abogacía del Estado de España, que ha respaldado a la Fundación Thyssen.

El fallo del Supremo supone un duro golpe para la posición de la Fundación Thyssen y del Estado español, que hasta ahora habían logrado que el caso se resolviera bajo la legislación española.

Ahora, con la aplicación de la ley californiana, se abren nuevas posibilidades para la restitución del cuadro a la familia Cassirer, que lleva más de 20 años luchando por su recuperación.

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