Marina d’Or, asesorada por la firma de Bernardo Cremades, reclama más de 400 millones € a Marruecos en un arbitraje
Bernardo Cremades, a la derecha, y Bernardo Cremades Jr., el "centro neurálgico" de la firma Cremades Abogados, reclaman a Marruecos, en nombre de Marina D'or, 400 millones de euros por incumplimientos de acuerdos. El rey de Marruecos, Mohamed VI, a la derecha, tiene la última palabra.

Marina d’Or, asesorada por la firma de Bernardo Cremades, reclama más de 400 millones € a Marruecos en un arbitraje

El asunto lo llevará el Centro de Arbitraje del Banco Mundial (CIADI) y podría durar algo más de tres años
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17/6/2022 06:49
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Actualizado: 17/6/2022 01:15
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Hace unos días, el despacho de abogados B. Cremades & Asociados, en representación de la sociedad española Comercializadora Mediterránea de Viviendas, S.L. (antes Marina d’Or-Loger), presentó una solicitud de arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). Contra el Reino de Marruecos. Por una reclamación de más de 400 millones de euros. 

Este complejo hotelero, propiedad del fondo de inversión norteamericano Farallon que adquirió la deuda en diciembre del 2020, ha encargado a este bufete de abogados, uno de los de mayor experiencia en temas de arbitraje de España, que se encargue de solicitar este arbitraje ante el CIADI.

Bernardo Cremades Jr. es el abogado que gestionará este asunto. Apoyado en un grupo de profesionales de la firma. 

«En Marruecos se producen preocupantes atropellos a las inversiones españolas”, afirma el letrado.

Por su parte, Jesús Ger , fundador y presidente de Marina d’Or, también ha mostrado su indignación con las autoridades marroquíes por el trato recibido contra su empresa e inversiones.

UNA CONTROVERSIA QUE TIENE YA AÑOS

La controversia lleva arrastrándose años sin solución. Antes de presentar la solicitud de arbitraje, Marina d’Or trató de negociar con el Gobierno marroquí una salida a sus inversiones en la “Nueva Ciudad de Tamesna” y en la “La Perla de Tánger”. Sin éxito. Desde después de su finalización. En 2012 y 2013 respectivamente.

 Todas las negociaciones con el Gobierno marroquí han sido inútiles. Y frustradas por las propias autoridades marroquíes competentes sobre este asunto.

Bernardo Cremades Jr. explica a Confilegal que “lo que ha sucedido aquí es que se han producido una serie de irregularidades por parte de las administraciones públicas marroquíes. Lo que ha generado la violación del Tratado de Protección de Inversiones entre España y Marruecos”.

Al parecer este estado norteafricano “se comprometió a realizar una serie de infraestructuras en la ciudad de Tamesma. Que nunca llegaron a tener lugar. Esta ciudad satélite iba a ser una ciudad idílica con un campus destacado. Y una serie de equipaciones que no se han implementado. Ahora es un lugar insalubre. Con basura en sus calles abandonadas”.

Sobre la otra inversión que se iba a hacer en la llamada “Perla de Tánger” –otro proyecto que se iba poner en marcha– fue frenado por una serie de decisiones contradictorias. Por distintas instituciones marroquíes. Son ellas las que han generado a un bloqueo del proyecto.

“Ahora se ha subastado y confiscado”, aclara este jurista.

Cremades Jr subraya que todas estas cuestiones están recogidas en un informe de la Contravaloría marroquí, su Tribunal de Cuentas. En el mismo queda reflejado que estos proyectos se han abordado mal. ”Así lo reconoce este Tribunal. Lo que deja claro que Marruecos ha violado dicho Tratado de inversiones firmado por España. Un tratado que data de 1997. Y que fue actualizado ocho años después”.

Con esta solicitud de arbitraje, y gracias al sistema internacional de protección de inversiones, Marina d’Or tiene la posibilidad de acudir a un tribunal internacional de arbitraje. Para obtener una justa compensación por la pérdida de sus inversiones. Inversiones que, de otra manera, serían prácticamente inviables.

“El eventual laudo que dicte el tribunal arbitral es de obligado cumplimiento para el Reino de Marruecos. No cumplirlo vulneraría su reputación como centro financiero internacional. Y generaría una previsible huida de inversiones a otros países de su entorno. Pero no es previsible que lo haga”, comenta.

Bernardo Cremades en una foto tomada el pasado lunes, cuando le fue entregada la medalla del Colegio de la Abogacía de Madrid, en un solemne acto que tuvo lugar en el Teatro Real. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Un protocolo sencillo

Sobre la tramitación del arbitraje ante el CIADI, Cremades destaca que “no es especialmente complicado”. El CIADI depende del Banco Mundial. Tiene su sede en Washington. Gestiona en el mundo los conflictos entre inversores y estados.

“Hay que preparar una solicitud de arbitraje, específico para cada procedimiento arbitral. En este caso se presenta a la vez que se hace el pago del honorario del registro para que se inicie este asunto. Una cuestión que ya hemos realizado, siguiendo las instrucciones de nuestro cliente”, cuenta Cremades.

La notificación fue presentada hace una semana. “Se ha hecho por email. A la Secretaria General del CIADI. Se ha acusado recibo. Ahora tendrán que notificar al gobierno de Marruecos sobre esa solicitud. En unos días estará notificado. Al ser Marruecos parte del CIADI y tener firmado ese Tratado de Inversiones, el arbitraje continuará hacia adelante”.

El siguiente paso será el de constituir el tribunal arbitral. “Por la cuantía y la complejidad estará formado por tres árbitros, según señala el propio Reglamento del CIADI”.

“Cada una de las partes nombrará un arbitro. Y se explorará la posibilidad del nombramiento del presidente del tribunal arbitral de forma conjunta. O, si las partes no se ponen de acuerdo, lo nombrará el CIADI”, subraya el abogado.

Los procedimientos ante el CIADI tardan una media cde erca de tres años y medio. “Es previsible que el tribunal arbitral de este asunto esté constituido antes de que acabe este año. A partir de ese momento se establece el calendario procesal por parte del tribunal arbitral escuchando a las partes involucradas, tras la primera sesión del arbitraje”.

La Perla de Tanger, una de los desarrollos que no se llevaron a cabo y por los que ahora se plantea el arbitraje.

Esta firma de abogados es una de los pioneras en el desarrollo del arbitraje en España donde ha introducido la posibilidad que fondos de financiación de litigios costeen el importe del arbitraje a las empresas que acuden al mismo.

El despacho tiene una experiencia acreditada en arbitrajes con Marruecos de parte, al haber estado presente su fundador, el abogado Bernardo Cremades, como primer presidente de la Corte de Española de Arbitraje y arbitro internacional en algún asunto en el que el país norteafricano era una de las partes.

Este bufete ha sido noticia recientemente al estar inmerso en el arbitraje entre Malasia y los herederos del sultán de Sulu, a los que defiende.

El asunto tiene su polémica al cuestionarse  de la validez del laudo del árbitro del jurista español Gonzalo Stampa que condenaba al país asíático al pago de 13.305 millones de euros. El laudo ha sido recurrido en París por los abogados de Malasia. Está aún pendiente de resultado.

Según Bernardo Cremades Jr, “aunque ya se está tramitando el arbitraje la vía del acuerdo está siempre abierta. Esperemos que se pueda explorar esa cuestión a lo largo del procedimiento arbitral. Sería lo más lógico con las pruebas tan evidentes como hay sobre este asunto”.

Este experto avanza que es bastante previsible que Marruecos contrate a un despacho internacional con experiencia para gestionar este procedimiento arbitral, como ha hecho en otras ocasiones.

Con estos dos proyectos, apoyados desde Marina d’Or Marruecos pretendía la  descongestión de los núcleos urbanos superpoblados mediante la creación de ciudades satélite de nueva construcción.

 Tal iniciativa fue aplaudida por la comunidad internacional y recibió el respaldo de tanto el Banco Mundial como la Unión Europea. La iniciativa atrajo también inversiones inmobiliarias.

La sociedad española se involucró en la construcción de grandes complejos inmobiliarios, ahora truncados, lo que le ha obligado a acudir a la vía arbitral para lograr una compensación económica por los daños y perjuicios sufridos.

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