¿Existe realmente una Justicia para ricos y pobres?: abogados penalistas responden

La Fiscalía de Cataluña recurrirá la absolución de Dani Alves en la que ve infracción de ley y de la Constitución

2 / 04 / 2025 12:58

Actualizado el 02 / 04 / 2025 13:09

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La Fiscalía de Cataluña ha anunciado que recurrirá la sentencia que absuelve al exfutbolista del FC Barcelona Dani Alves de un delito de agresión sexual al apreciar una infracción de ley y de la Constitución, informa este miércoles en un comunicado.

El ministerio público ha informado a la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña su intención de interponer recurso de casación contra la sentencia que absuelve a Alves y que revoca el fallo dictado el 22 de febrero de 2024 por la Audiencia Provincial de Barcelona, que le condenó a cuatro años de cárcel.

El recurso se fundamenta en los motivos previstos en el artículo 852 (infracción de precepto constitucional) y en el artículo 849.1 (infracción de ley) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «correspondiendo su posterior formalización a la Fiscalía del Tribunal Supremo».

caso Alves

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña resolvió, por unanimidad, revocar la sentencia que condenó al futbolista Dani Alves, en febrero de 2024, a cuatro años de cárcel por agresión sexual.

En su sentencia, que se puede recurrir ante el Supremo, los magistrados Àngels Vivas, Roser Bach, María Jesús Manzano y Manuel Álvarez, estimaron el recurso presentado por la defensa del exjugador del Barça y lo absorbieron del delito de agresión sexual al concluir que la resolución de la Audiencia de Barcelona que lo condenó adolece de «vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones».

Alves estuvo en prisión preventiva durante catorce meses y salió en libertad provisional en marzo del año pasado, bajo fianza de un millón de euros, tras ser condenado por violar a una joven de 23 años en el baño de un reservado de la discoteca Sutton de la capital catalana, en diciembre de 2022.

En primera instancia, la Audiencia de Barcelona sí había considerado probado que el futbolista agredió sexualmente a la víctima en el baño de un reservado de la citada discoteca. 

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