¿Existe realmente una Justicia para ricos y pobres?: abogados penalistas responden

La Fiscalía de Cataluña recurrirá la absolución de Dani Alves en la que ve infracción de ley y de la Constitución

2 / 04 / 2025 12:58

Actualizado el 02 / 04 / 2025 13:09

En esta noticia se habla de:

La Fiscalía de Cataluña ha anunciado que recurrirá la sentencia que absuelve al exfutbolista del FC Barcelona Dani Alves de un delito de agresión sexual al apreciar una infracción de ley y de la Constitución, informa este miércoles en un comunicado.

El ministerio público ha informado a la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña su intención de interponer recurso de casación contra la sentencia que absuelve a Alves y que revoca el fallo dictado el 22 de febrero de 2024 por la Audiencia Provincial de Barcelona, que le condenó a cuatro años de cárcel.

El recurso se fundamenta en los motivos previstos en el artículo 852 (infracción de precepto constitucional) y en el artículo 849.1 (infracción de ley) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «correspondiendo su posterior formalización a la Fiscalía del Tribunal Supremo».

caso Alves

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña resolvió, por unanimidad, revocar la sentencia que condenó al futbolista Dani Alves, en febrero de 2024, a cuatro años de cárcel por agresión sexual.

En su sentencia, que se puede recurrir ante el Supremo, los magistrados Àngels Vivas, Roser Bach, María Jesús Manzano y Manuel Álvarez, estimaron el recurso presentado por la defensa del exjugador del Barça y lo absorbieron del delito de agresión sexual al concluir que la resolución de la Audiencia de Barcelona que lo condenó adolece de «vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones».

Alves estuvo en prisión preventiva durante catorce meses y salió en libertad provisional en marzo del año pasado, bajo fianza de un millón de euros, tras ser condenado por violar a una joven de 23 años en el baño de un reservado de la discoteca Sutton de la capital catalana, en diciembre de 2022.

En primera instancia, la Audiencia de Barcelona sí había considerado probado que el futbolista agredió sexualmente a la víctima en el baño de un reservado de la citada discoteca. 

Noticias relacionadas:

Opinión | El fiscal que acusa lo que antes archivó: variaciones sobre un arte sofista muy antiguo

Una prueba es suficiente para acreditar una agresión sexual, aunque la víctima no recuerde nada

Juicio al futbolista Rafa Mir: cuando el dato pone en tela de juicio al relato

Opinión | Límites de la agresión sexual en el ocio nocturno: petición de 2 años de cárcel por un supuesto «perreo» no consentido

El Supremo avala aplicar el delito continuado en agresiones sexuales grupales salvo circunstancias singulares

La testificación por videollamada de Whatsapp es válida aunque no cuente con las garantías formales

Lo último en Tribunales

seguro obligatorio

El TJUE da vía libre a la compraventa de indemnizaciones de tráfico: los «cazacréditos» pueden reclamar, pero no son víctimas

clínica dental

El Supremo deja claro quién debe pagar si cierra una clínica dental y deja al cliente «tirado» con el tratamiento

construcción colegio extremadura administración

El Gobierno de Extremadura, condenado por su propia desidia en la construcción de un colegio: «nadie puede aprovecharse de sus propias torpezas»

José Luis Ábalos

¿Puede Ábalos cobrar la jubilación en la cárcel? El futuro económico del exministro en prisión analizado

JOsé Manuel Bandrés

El Supremo se rompe por la eutanasia: 8 magistrados, el 25 %, niegan que un padre pueda impedir la muerte asistida de su hijo