Mientras que la normativa europea que protege a los pasajeros aéreos —el Reglamento 261/2004— obliga a las aerolíneas a ofrecer comida, bebida, alojamiento y transporte en caso de incidencias graves, el texto que rige el transporte ferroviario deja todo a la discrecionalidad de las operadoras. Foto: EP
La normativa que ampara a los viajeros de tren en la UE deja desprotegido al usuario frente a situaciones extremas, según Asufin
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06/5/2025 11:57
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Actualizado: 06/5/2025 11:57
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La diferencia entre los usuarios del tren con los derechos de los pasajeros aéreos es abismal: ni agua ni comida garantizadas, ni alojamiento salvo que sea “físicamente posible”, por ello, desde la asociación de consumidores financieros (Asufin) exigen una reforma urgente del Reglamento (UE) 2021/782, que garantice, como mínimo, una asistencia mínima obligatoria en caso de retrasos o incidencias graves: agua, comida, alojamiento y transporte alternativo, así como un régimen de compensación que no convierta en norma la exoneración de las compañías.
Y recuerdan que, una vez más, la realidad ha demostrado que el papel lo aguanta todo, pero los pasajeros no. Este pasado domingo, treinta trenes afectados con 10.700 viajeros por el robo de cable en la línea Madrid-Sevilla, muchas de esas personas se vieron atrapadas durante horas en los trenes, muchos de ellos sin agua, sin información y sin posibilidad de moverse, ha vuelto a poner en evidencia los límites —o más bien las carencias— del Reglamento (UE) 2021/782, que regula los derechos y obligaciones de los viajeros de ferrocarril en Europa.
Mientras que la normativa europea que protege a los pasajeros aéreos —el Reglamento 261/2004— obliga a las aerolíneas a ofrecer comida, bebida, alojamiento y transporte en caso de incidencias graves, el texto que rige el transporte ferroviario deja todo a la discrecionalidad de las operadoras. En palabras literales del reglamento ferroviario, solo se proporcionarán “comidas y refrigerios si están disponibles en el tren o en la estación o si pueden razonablemente suministrarse” y únicamente habrá alojamiento “si es físicamente posible”.
“Esto es un abuso regulado. Mientras un pasajero aéreo que sufre un retraso tiene derecho a asistencia mínima y compensación, el viajero de tren queda a merced de lo que quiera —o pueda— hacer la operadora. No se garantiza ni lo más básico: agua. Y si hay que dormir en la estación, el problema es del consumidor”, denuncia rotunda Patricia Suárez, presidenta de Asufin
“En 2025 no puede ser que viajar en tren te exponga a quedarte tirado sin agua, sin comida y sin derechos. No es un problema de voluntad, es un fallo normativo clamoroso que debe corregirse cuanto antes”, concluye Suárez.
Una lista de “fuerza mayor” hecha a medida de las operadoras
Pero el desamparo no acaba ahí. A diferencia del régimen de compensaciones del transporte aéreo, donde solo causas muy justificadas eximen de responsabilidad a la aerolínea, el reglamento ferroviario establece una amplísima lista de supuestos de fuerza mayor en los que las empresas ferroviarias quedan exentas de indemnizar, incluso si el viajero pierde una conexión vital o debe asumir costes adicionales.
En su artículo 19.10, el reglamento especifica que no se reconocerá compensación alguna cuando el retraso o cancelación se deba a “personas en la vía, robo de cables, emergencias a bordo, actuaciones policiales, sabotaje o terrorismo”, entre otros. Es decir, causas que, si bien pueden ser ajenas, también podrían prevenirse o minimizarse con una mejor gestión e inversión en seguridad.
“¿Cómo puede ser que el robo de cable, que ocurre de forma recurrente, siga justificando que no se compense al pasajero? ¿Dónde están las cámaras, los sensores, la prevención?”, se pregunta Suárez.
Desde Asufin consideran que se está permitiendo trasladar el coste de la falta de inversión y previsión al consumidor, que no tiene ninguna responsabilidad ni capacidad de evitar estos hechos.
ADIF, una vía sin salida para los afectados
El reglamento no solo libera de responsabilidad a las compañías ferroviarias, sino que remite a los pasajeros a reclamar directamente al gestor de infraestructuras —ADIF— cuando el incidente tiene su origen fuera del control de la empresa operadora. Sin embargo, la carga de la prueba recae sobre el consumidor, que debe demostrar “acciones u omisiones” de ADIF para obtener una compensación.
“Es como si le pidieran a una persona atrapada cinco horas en un tren que hiciera un informe técnico sobre la actuación de ADIF durante la emergencia. Es sencillamente inviable”, afirma la presidenta de Asufin. A su juicio, este diseño normativo configura un verdadero laberinto administrativo, en el que el usuario siempre pierde.
¿Por qué no se igualan los derechos con los del transporte aéreo?
La pregunta que sobrevuela toda esta situación es: ¿por qué los derechos de los pasajeros de tren son tan inferiores a los de los pasajeros aéreos? Tanto unos como otros son consumidores de un servicio de transporte público sujeto a incidencias, y, en ocasiones, al mismo grado de afectación.
“Si la Unión Europea ha sido capaz de fijar un estándar de calidad para las aerolíneas, ¿por qué no hacerlo también con las operadoras ferroviarias? ¿O es que los pasajeros de tren valen menos?”, cuestiona Suárez.
Además, la asociación de consumidores reclama que ADIF asuma su parte de responsabilidad sin trasladarla al usuario y se establezca un procedimiento de reclamación claro, ágil y accesible para los ciudadanos, como sucede con las aerolíneas.
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