Opinión | La mayor reforma en décadas del tiempo de trabajo en España

David Tello, socio director de GRA Consultores y Félix Sanz, responsable del Departamento de Laboral de la firma.

4 / 06 / 2025 05:35

La regulación de la jornada laboral en España está a punto de vivir una transformación histórica. El Proyecto de Ley aprobado por el Consejo de Ministros el 6 de mayo de 2025, y actualmente en fase de tramitación parlamentaria, contempla la reducción de la jornada ordinaria máxima a 37,5 horas semanales en cómputo anual, sin que ello implique una disminución salarial.

Esta medida, enmarcada en la reforma del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, responde a una creciente sensibilidad social hacia la conciliación de la vida laboral y familiar, la Salud mental y bienestar personal, y un impulso de un modelo productivo moderno y sostenible.

Como ha afirmado el propio texto legal, “la jornada laboral ya no es solo una cifra semanal: es un reflejo de los valores sociales, del equilibrio entre productividad y bienestar, y del tipo de relaciones laborales que queremos promover”.

No obstante, el proyecto no se limita a reducir la jornada. Introduce también importantes novedades legales: se exige que el registro horario sea digital, objetivo y accesible en remoto para la Inspección de Trabajo; se refuerza de forma inequívoca el derecho a la desconexión digital —con respaldo normativo incluso en caso de teletrabajo— y se revisa la regulación de los contratos a tiempo parcial, evitando así su uso fraudulento.

Además, se endurece el régimen sancionador, previendo multas de hasta 10.000 euros por trabajador afectado.

Profunda reorganización de las relaciones laborales

Este nuevo marco legal, de aprobarse en los términos propuestos, implicará una profunda reorganización de las relaciones laborales y de los sistemas internos de control horario de las empresas.

Desde este despacho, consideramos imprescindible anticiparse a estos cambios, revisando políticas internas y convenios colectivos, y preparando a las organizaciones para una transición eficiente y jurídicamente segura.

Existe, además, una derivada que queremos comentar respecto del disfrute de las vacaciones, ya que, en el caso de que un trabajador siga realizando 40 horas, en lugar de las 37,5 establecidas por la nueva ley, la empresa tendrá que computar ese exceso como horas extraordinarias, las cuales, si no se retribuyen, se tendrán que compensar como días adicionales de descanso a lo largo del año.

Esto significa que, en la práctica, en un supuesto como el planteado, si se van sumando esas horas realizadas de más, el trabajador puede llegar a acumular hasta un total de 12 días libres más al año, por lo que la empresa que decida ajustar los horarios a la nueva regulación podrá incurrir en esta circunstancia.

En cuanto a las bondades y a los problemas que puede suponer esta nueva regulación son distintas según vengan desde el sector legal o el de los profesionales de los RRHH.

Por un lado se han producido críticas por falta de flexibilidad y diálogo social. Según un amplio número de profesionales del derecho laboral al que nos unimos, la medida, tal como está planteada, es demasiado rígida y no deja espacio para la adaptación sectorial ni para la negociación colectiva.

Inseguridad jurídica

Y es que, en nuestra opinión, la imposición directa de la reducción horaria puede generar inseguridad jurídica y dificultades en la implementación, especialmente en sectores con jornadas variables o necesidades muy específicas (hostelería y turismo, comercio y grandes superficies, sanidad, seguridad privada, construcción, cultura o transporte, entre otros).

A ello añadimos el hecho de que la reducción de la jornada planteada puede ser ineficaz en sectores donde ya se incumplen las normativas laborales actuales. Sin duda, el control de su aplicación efectiva supondrá un refuerzo adicional por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Por su parte, los profesionales de Recursos Humanos en grandes empresas hacen una valoración positiva.

Según una encuesta de la consultora Hays, el 47% de las empresas tienen una opinión positiva sobre la reducción de la jornada laboral, especialmente las multinacionales y grandes compañías. Estas empresas ven la medida como una oportunidad para mejorar la conciliación laboral y atraer talento, afirmación que compartimos en relación con este tipo de empresa de gran tamaño.

El cambio normativo presenta más desafíos para las pequeñas y medianas empresas (pymes), así como sectores como la hostelería y el comercio, donde puede generar mayor preocupación por el aumento de costes laborales directos que supone y la dificultad para reorganizar turnos sin afectar la productividad de la empresa.

Cabe pensar que, sin apoyos o medidas complementarias, la implementación podría ser especialmente gravosa para las pymes.

La reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales en España es una medida que busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores y fomentar la conciliación laboral.

Sin embargo, somos muy conscientes de que su éxito dependerá de una implementación flexible con las pymes, conforme a las realidades de cada sector y empresa que, además, deberá  acompañarse de medidas que aseguren el cumplimiento efectivo de la normativa y un control de la efectividad de su cumplimiento.

El diálogo social y la colaboración entre gobierno, empresas y trabajadores será clave para lograr una transición exitosa.

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