La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha cerrado filas con el juez instructor. Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, seguirá en prisión provisional sin fianza. El motivo: riesgo cierto de destrucción de pruebas en una investigación que ya ha destapado adjudicaciones por valor de 537 millones de euros.
El auto, firmado –en función de tribunal de apelación– por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Pablo Llarena, no deja lugar a dudas: existe un «peligro de que pueda perjudicarse irremediable y gravemente la investigación por una actuación obstruccionista del recurrente».
Las conversaciones que lo comprometen
El núcleo de la acusación descansa en un conjunto de conversaciones telefónicas encontradas en los dispositivos electrónicos incautados en casa de Koldo García Izaguirre.
Para el tribunal, estas grabaciones son «extraordinariamente elocuentes» y revelan que Cerdán «ostentaba en la trama unas funciones preeminentes y de dirección».
Las conversaciones muestran un patrón: Cerdán no solo impulsaba y hacía seguimiento de las empresas que debían ser adjudicatarias de determinadas obras, sino que «era él quien pagaba a José Luis Ábalos y a Koldo García el dinero que les correspondía por las comisiones ilícitamente obtenidas».
El Supremo es tajante: Cerdán «gestionaba y trasladaba la información de las empresas que habían comprometido el pago por determinadas obras públicas» y conocía «unos mecanismos ocultos de pago que efectivamente se emplearon y que todavía se desconocen».
El rastro del dinero
Los números hablan. Solo las adjudicaciones a Acciona Construcción por organismos del Ministerio de Transportes ascendieron a 537.271.005 euros.
De estas operaciones se ha destapado ya «un flujo monetario de alrededor de un millón de euros», una cifra que el instructor considera «exigua» para este tipo de tramas criminales.
Para los magistrados, esto indica que la investigación apenas ha arañado la superficie.
«Una parte nuclear de la indagación se orienta a definir todas las entidades involucradas y cuál fue el curso económico de los sobornos», subraya el auto.
Más peligroso que el resto
¿Por qué Cerdán está en prisión y otros investigados no? El Supremo lo explica sin ambages: «La respuesta desigual respecto a las medidas de aseguramiento descansa en unas circunstancias en nada coincidentes».
Cerdán, según la resolución, es quien «conoce a todos los que pagaron estas comisiones y sabe cómo le fueron pagadas».
Solo él conoce «el destino que dio al dinero» y «dónde podría haber quedado depositado el dinero que no haya sido repartido».
Su capacidad de «concertarse con otros investigados para construir descargos», destruir documentos o «modificar el actual emplazamiento de sumas de dinero defraudadas» justifica una medida más severa que la aplicada al resto de imputados.
El contrato fantasma de Servinabar
Entre los indicios, el tribunal destaca un contrato privado por el que Cerdán adquiría 1.350 participaciones de la empresa Servinabar 2000 sobre un total de 3.000. Un documento que nunca se elevó a escritura pública pero que se conservó durante años.
La versión de Cerdán —que consideraba abandonar la política en 2015 y rechazó la oferta una semana después— no convence al instructor. «Ni la duda sobre abandonar la actividad política exigía firmar el contrato hasta que la decisión estuviera tomada», sentencia el auto.
Las grabaciones, auténticas
La defensa cuestionó la autenticidad de las conversaciones, pero el Supremo las considera válidas.
Las grabaciones presentan «un flujo continuo» con fechas y horas en los metadatos, sin rastros de manipulación.
Además, el propio Cerdán, en su declaración, «no negó las conversaciones, sino que las desautorizó» alegando que no las recordaba o estaban descontextualizadas.
Presunción de inocencia intacta
El tribunal rechaza que se haya vulnerado la presunción de inocencia de Cerdán. Cita al Constitucional para recordar que «la apreciación de indicios racionales de criminalidad en la fase de investigación no significa el establecimiento de una presunción de culpabilidad», sino que «únicamente implica la existencia de motivos razonables» para continuar la investigación.
La resolución también descarta que se trate de una «investigación prospectiva». En delitos de organización criminal, explica, «las evidencias que apuntan a la comisión de uno o varios comportamientos típicos aislados» obligan a investigar «todas las cuestiones que le hacen referencia» cuando existen indicios de actuaciones más complejas.
Vigilancia penitenciaria
El auto aborda también la petición de la Guardia Civil para conocer las visitas que recibe Cerdán en prisión. La Sala aclara que esta medida «se muestra plenamente desvinculada» de la decisión de prisión provisional y responde a la «función policial» de seguimiento, no a una iniciativa del juez instructor.
La decisión del Supremo deja a Santos Cerdán en una situación procesal compleja. Los «indicios nutridos y poderosos» que recoge el auto, junto con su presunto «papel directivo» en la trama, configuran un escenario en el que la investigación promete seguir destapando ramificaciones de un caso que ya ha sacudido los cimientos del PSOE.