El despido recibido por la trabajadora a través de la baja en Seguridad Social podría ser considerado nulo o improcedente. Foto: Confilegal

Informa a su jefe de que la van a operar de urgencia, y como respuesta recibe el mensaje de baja de la Seguridad Social

22 / 08 / 2025 10:19

Una trabajadora ponía en conocimiento de su superior su baja médica debido a una operación, y acaba recibiendo un mensaje de baja del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Un despido que, sin embargo, no siempre podría ser considerado improcedente.

«Me he despertado con un bulto en la rabadilla». Así comenzaba la pesadilla de esta trabajadora un martes cualquiera. Un dolor que llevaba a la empleada a acudir al médico, que no tardaba en darle malas noticias. «Me han dado quince días de baja. El martes voy al cirujano».

Unos mensajes que la trabajadora enviaba a su superior. Y que no recibían respuesta por parte éste.

Sin embargo, sí que recibía, poco después, el mensaje de baja del Instituto Nacional de la Seguridad Social. «Me ha llegado un mensaje de baja. ¿Has rescindido mi contrato? ¿Me despides así, por ponerme enferma?» lamentaba la trabajadora.

Conversación que no tardaba en convertirse en un fenómeno viral en las redes sociales.

«A la vista de los pantallazos, lo primero que destaca es la fuerte conexión temporal entre la comunicación de la incapacidad temporal y la decisión extintiva de la empresa», valora para Confilegal Omar Molina, director de Augusta Abogados.

Una cercanía de tiempo que, para el abogado, «constituye un indicio sólido de que el despido puede estar vinculado con la enfermedad. Lo que abre la puerta a una eventual calificación de nulidad por vulneración de derechos fundamentales».

La baja de Seguridad Social no siempre es un despido nulo o improcedente

«Desde la entrada en vigor de la Ley  15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, se establece expresamente la enfermedad o condición de salud como causa protegida frente a cualquier trato discriminatorio. En consecuencia, si un despido guarda relación directa con la baja médica, y la empresa no logra acreditar razones objetivas y ajenas a la enfermedad, el despido podría declararse nulo, con la consecuente readmisión y posibilidad de indemnización por daños morales», explica el letrado.

Sin embargo, no todos los casos de este tipo de despidos suponen un despido nulo o improcedente. Tampoco una vulneración de derechos fundamentales.

«Si la empresa acredita que la decisión extintiva se venía preparando con anterioridad a la baja y que está fundamentada en hechos previos, de entidad suficiente y acreditables, entonces el despido podría ser considerado procedente. Sobre todo en caso de despido objetivo, donde el requisito de audiencia previa (a mi juicio) no es exigible», explica Omar Molina.

Omar Molina, director de Augusta Abogados. Foto cedida.

Así pues, la carta de despido se convierte en un elemento fundamental. En caso de que la empresa formule una carta de despido genérica, ambigua o con hechos difícilmente probables, y no consiga acreditar su veracidad, el despido sería previsiblemente declarado improcedente. En ese supuesto, la empresa debería optar entre readmitir o indemnizar. Ello, sin que necesariamente se apreciase vulneración de derechos fundamentales, siempre que se consiga desvirtuar el nexo entre la enfermedad y la decisión extintiva».

Caso de la trabajadora despedida en la que, según los pantallazos, podríamos encontrarnos ante una discriminación por enfermedad. Especialmente, por la «cercanía temporal entre la baja y el despido».

«Sin embargo, para una valoración completa sería imprescindible conocer la carta de despido y los motivos exactos alegados por la empresa», matiza Molina.


Noticias relacionadas:

Cobrar la mitad de la pensión de jubilación por ser autónomo no «reduce» el complemento de maternidad

Suspendido de sueldo y empleo durante 90 días una manager de Primark por vigilar a sus compañeros por las cámaras de seguridad

Llegó a un acuerdo con la empresa para su despido, y después la demandó ante los tribunales por discriminación

EL TSJCat condena a una empresa que castigó «dos veces» al empleado: le quitó el salario y le despidió

Sufrir un golpe de calor dentro de la oficina es un accidente de trabajo, según la Justicia

El INSS equipara la protección de los becarios con la de los trabajadores ante accidentes laborales

Lo último en Profesionales

asda

ASCOM refuerza la profesionalización del «compliance» en IA con la creación de la certificación AICOM

IA Harvey

Harvey marca un hito en la IA legal al obtener la primera certificación AIUC-1 de seguridad

inteligencia artificial MEDICO

Sanidad adapta el Reglamento Europeo de IA a las consultas médicas: informar al paciente y supervisar siempre al algoritmo

Verifactu

Los gestores administrativos piden al Gobierno adaptar VeriFactu a la realidad de las pymes

Alvaro de Luis Andrės, socio director Asian Desk de Net Craman

El panel internacional de mediadores de China gana peso español con la incorporación de Álvaro De Luis Andrés