El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha desestimado las pretensiones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Y así, ha reconocido el derecho de la madre soltera a obtener un permiso adicional de 10 semanas, igualándose así a las familias biparentales.
Ser familia monoparental supone un gran desafío. Especialmente, en un contexto social en el que la productividad en el trabajo se ha convertido en un auténtico «enemigo» en muchos casos con la conciliación familiar.
Algo que sufría Valentina (nombre ficticio), madre soltera de un menor nacido en marzo de 2023.
Así pues, la madre solicitaba ante el INSS, en el seno de una familia monoparental, la acumulación del permiso por nacimiento correspondiente al segundo progenitor, lo que supondría 16 semanas adicionales.
Una petición con la que se «igualaría» el total de las 32 semanas de las que gozan las familias biparentales, pero que era rechazada por la Seguridad Social, amparándose en el Real Decreto 295/2009.
Negativa que llegaba ante los tribunales, estando representada la mujer por el abogado Pedro Álvarez del Río. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº2 de Guadalajara.
Juzgado que, en su sentencia de 29 de noviembre de 2024, estimaba las pretensiones de la madre soltera. Ello, reconociéndole un permiso adicional de 10 semanas. Y, del mismo modo, condenando al INSS a abonarle una indemnización de 2.000 euros, por vulneración de los artículos 14 y 39 de la Constitución.
El INSS pierde frente a las familias monoparentales
Una sentencia que el INSS, así como la TGSS, llevaban en recurso de suplicación ante el TSJCLM.
Recurso en el que las dos instituciones de la Seguridad Social alegaban la incongruencia extra petitum como único motivo de amparo, criticando que el juzgador se hubiera pronunciado sobre una indemnización que, según el INSS, no había sido reclamado por la demandante.
Un recurso que desestima íntegramente el tribunal.
Ello, entendiendo que la actora, tras comprobar el expediente digital, presentó escrito de ampliación de demanda, en el que se reclamaba la indemnización por vulneración de derechos fundamentales. Una solicitud que fue acogida por la sentencia de instancia, y ahora confirmada por el TSJCLM.
Así pues, recuerda el tribunal que el fallo se apoya en la sentencia del TC 140/2024, confirme a la que debe interpretarse que se puede adherir el permiso del segundo progenitor a la madre biológica, en el caso de las familias monoparentales.
Valoración que lleva al tribunal a fallar en contra del INSS, y en defensa de esta madre soltera.
«La sentencia consolida una línea doctrinal que obliga a reconocer a los progenitores únicos el disfrute acumulado de los permisos de nacimiento, bajo pena de incurrir en discriminación constitucionalmente proscrita e indemnización de daños», señalan desde la defensa de la mujer.