El magistrado Juan Carlos Peinado va a convertir las diligencias previas que sigue contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, en procedimiento ante el Tribunal del Jurado por un presunto delito de malversación (artículos 432 y 433 del Código Penal).
El magistrado instructor, titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, ha citado el próximo sábado, a las seis de la tarde, a Begoña Gómez, a Cristina Álvarez y a Francisco Martín Aguirre, actualmente delegado del Gobierno en Madrid –igualmente investigado por su presunta intervención en la contratación de Álvarez por su puesto anterior en La Moncloa– para notificarles formalmente el cambio de vía procesal y los derechos que les asisten.
La audiencia preliminar, según la Ley del Jurado, es preceptiva. Para la misma se convoca a todas las partes (fiscal, acusación, defensa) para este fin. En esta audiencia se concretan los hechos imputados y se propone la práctica de nuevas diligencias si fueran necesarias.
La ley atribuye al Jurado el enjuiciamiento de este tipo de delitos contra la Administración Pública (artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado), lo que implica que, si el caso llega a juicio, el veredicto lo emitirán 9 ciudadanos no juristas; un magistrado profesional dictará sentencia conforme a ese veredicto.
El asunto se conecta con la contratación como personal eventual de Cristina Álvarez tras la llegada de Pedro Sánchez a La Moncloa. El personal eventual es de carácter no permanente y de confianza, adscrito a funciones de asesoramiento o especial confianza, lo que no exime de control de legalidad ni de responsabilidad penal si se dispusieran recursos públicos de forma indebida.
En síntesis: habría un cambio de procedimiento por la naturaleza del delito atribuido, el de la malversación, citaciones para notificación y continuidad de la instrucción. El fondo —si hubo o no uso indebido de caudales públicos en una contratación de confianza— está aún por dilucidarse.