La trabajadora autónoma ha conseguido que su entidad bancaria le reconozca su derecho a la bonificación hipotecaria. Ello, a pesar de no contar con una «nómina» igual a la de los trabajadores por cuenta ajena. Una diferencia que había sido utilizada por el banco para no otorgarle este beneficio, pero que, ahora, obligará a la entidad a devolverle de forma íntegra las cantidades cobradas desde febrero de 2023.
Lucía (nombre ficticio) firmaba con Caixabank un préstamo hipotecario el 21 de febrero de 2023. Un contrato en el que la entidad bancaria estipulaba, como oferta mercantil vinculante, una bonificación del 0,75% del tipo de interés, «siempre que uno de los titulares acreditase ingresos superiores a 1.200 euros al mes en la cuenta».
Una condición que Lucía cumplía. Sin embargo, la entidad bancaria se negaba a ofrecerle esta bonificación. Ello, alegando que «sus ingresos como autónoma no cumplían los requisitos de tener domiciliada la nómina».
«Durante años he pagado la hipoteca que me han girado, pese a que tenía ingresos suficientes y debía bonificarse. Lo peor es que el banco conocía perfectamente la situación, pero seguía ignorando la obligación contractual», lamenta la afectada.
Un caso que, en agosto de 2025, el abogado Ignacio Palomar Ruiz, socio-director de Servilegal Abogados, decidía realizar una oferta vinculante confidencial de acuerdo ante la entidad bancaria.
«No íbamos a permitir que una cláusula tan clara fuese ignorada por una interpretación restrictiva y abusiva», explica Palomar a Confilegal. «Era totalmente discriminatoria a los trabajadores autónomos».
Caixabank ofrece el beneficio hipotecario a la autónoma
Una oferta de Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) ante el que la entidad bancaria reaccionaba. Ello, aceptando otorgar a la trabajadora autónoma el beneficio hipotecario marcado en el contrato firmado.
Así pues, Caixabank aceptaba aplicar el tipo de interés bonificado el 24 de septiembre de 2025. Una decisión que, además, llevaba al banco a devolver todos los importes cobrados indebidamente desde la firma del contrato.
Devolución a la que se suma, que el tipo bonificador del 0,75% «se aplicará correctamente en los futuros cobros» a realizar en cuanto a los pagos de esta hipoteca, sin ser necesario acudir a la vía judicial para la resolución de este conflicto bancario.
«Este caso es un aviso a navegantes», advierte el abogado Ignacio Palomar. «Si eres autónomo y tienes una hipoteca bonificada, revisa tu contrato».
Y es que «muchos bancos no aplican la bonificación, acogiéndose a la coletilla de que no es una nómina». Alegaciones que, en el caso de Lucía, no sólo no eran válidas, sino que ha supuesto la devolución de los intereses cobrados indebidamente.