Con este primer paso antes de su andadura por las cámaras parlamentarias, las personas que padezcan estas patologías y no puedan paliar sus efectos con otros medicamentos convencionales tendrán una alternativa con un gran potencial terapéutico.

El Gobierno aprueba un Real Decreto que permitirá el uso del cannabis medicinal, restringido al ámbito hospitalario

8 / 10 / 2025 05:38

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La evidencia científica inclina su balanza hacia el uso medicinal del cannabis para paliar ciertas dolencias clínicas. Su eficacia ha quedado demostrada en la investigación cienífica, y ahora el sector jurídico entra en escena para regular esta nueva realidad.

Por ello, a propuesta del Ministerio de Sanidad, el Consejo de Ministros ha dado luz verde a la probación del Real Decreto que regule el uso de fórmulas magistrales de cannabis en preparados estandarizados.

Esta norma, que ya fue solicitada por la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, responde a la necesidad de ofrecer una alternativa terapéutica en casos donde los tratamientos convencionales están resultado ineficaces.

Un paso decisivo para la integración del cannabis medicinal en el sistema sanitario. Esta sustancia ya contaba con el aval de organismo internacionales, tras mostrar sus beneficios en algunos condiciones clínicas concretas como la espasticidad asociada a la esclerosis múltiple, ciertas formas graves de epilepsia refractaria, el dolor crónico refractario o las náuseas derivadas de tratamientos de quimioterapia.

Con este primer paso antes de su andadura por las cámaras parlamentarias, las personas que padezcan estas patologías y no puedan paliar sus efectos con otros medicamentos convencionales tendrán una alternativa con un gran potencial terapéutico.

Restricción de uso solo al ambito hospitalario, pero abriendo la puerta a nuevos usos y preparaciones

Este texto presenta una imagen ambivalente. Por un lado, acota la prescripción de esta sustancia exclusivamente a médicos especialistas en el ámbito hospitalario (excluyendo, por tanto, su su venta en farmacias o su uso en clínicas terapéuticas).

Y por otro lado, no registra en una lista taxada para los usos clínicos autorizados o las condiciones específicas de elaboración, dosificación y prescripción del cannabis medicinal.

En este caso, esperará a que estos criterios se fijen en las monografías que publique la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en el Formulario Nacional, que estima que será en un plazo de tres meses.

Con esta flexibilidad, el Ministerio abre la puerta a la actualización continua en función de los avances científicos y la evidencia clínica disponible.

También se ha aprobado el Plan VEO

El Consejo de Ministros del martes 7 de octubre ha sido muy productivo en materia regulatoria sanitaria. Pues la aprobación del uso medicinal del cannabis para ciertas patologías viene acompañada de la tramitación de otra propuesta: la concesión directa de ayudas para la adquisición de gafas, lentes graduadas y lentes de contacto para menores de hasta 16 años.

Esta subvención, que recibe el nombre ‘Plan VEO’, contará con una financiación total de 47.775.000 euros, repartida en dos ejercicios presupuestarios, y a cada persona beneficiaria le corresponderán 100 euros. Esta cifra cubrirá parcialmente el coste de productos ópticos esenciales, que abarca las monturas con lentes graduadas, lentillas y soluciones de mantenimiento durante un año.

El encargado de asumir la coordinación verificación documental, compensación de costes y seguimiento del programa ha sido el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas (CGCOO).

La compra de estos productos debe formalizarse con anterioridad al 31 de diciembre de 2026 para poder recibir la ayuda, que tramitará mediante concesión directa.

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