Agustín Hidalgo de Murillo fiscal delegado de Protección de Datos, ha sostenido este martes que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, podía borrar la información de sus dispositivos si entendía que corría riesgo, ya que era el responsable directo de esos datos.
Hidalgo ha declarado en la cuarta sesión del juicio que el Tribunal Supremo celebra contra García Ortiz, acusado de revelar secretos en perjuicio de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
La acusación sostiene que filtró a Cadena SER el correo que la defensa de González Amador envió el 2 de febrero de 2024, donde ofrecía admitir dos delitos fiscales a cambio de un acuerdo que le evitara la cárcel.
De ser condenado, el fiscal general podría afrontar hasta seis años de prisión, doce de inhabilitación y una multa superior a 400.000 euros.
Durante su interrogatorio, Hidalgo recordó que la normativa interna de la Fiscalía permite “destruir la documentación y los dispositivos en desuso”.
Cuando le preguntaron si un usuario puede elegir entre devolver el dispositivo o destruirlo, dijo que sí, insistiendo en que la verdadera responsabilidad recae en los datos. Si no hay garantías de que la información sensible vaya a eliminarse correctamente, defendió, el usuario puede optar por destruir el equipo: “Los datos son más importantes que un dispositivo sin valor”.
En esa misma línea, y a preguntas de la Fiscalía, mencionó lo que él llama el “síndrome de Diógenes” en la Administración de justicia: la tendencia a acumular resoluciones y documentos sin necesidad, algo que, según advirtió, compromete la seguridad de los datos personales.
Bajo ese prisma interpretó que García Ortiz borrara el contenido de su móvil y eliminara su cuenta personal de Gmail, donde había recibido el correo clave el 13 de marzo a las 21:59. El magistrado instructor, Ángel Hurtado, consideró estos hechos indicios relevantes.
Uso de la cuenta personal de Gmail
Preguntado por la acusación particular, Hidalgo ha defendido que el uso de una cuenta privada de Gmail por parte del fiscal general no supone una “brecha de seguridad”.
Ha explicado que la guía de protección de datos de la Fiscalía incluye recomendaciones, no prohibiciones, y que corresponde al responsable del tratamiento valorar cómo equilibrar la protección de datos con otros derechos, como la necesidad de comunicación.
Incluso ha señalado que, en ocasiones, una cuenta privada puede ofrecer más seguridad, del mismo modo que muchas veces WhatsApp resulta más fiable que algunas aplicaciones oficiales.
La nota de prensa del 14 de marzo
En cuanto a la nota de prensa difundida por la Fiscalía el 14 de marzo, en la que se detallaban los correos intercambiados entre el abogado de González Amador y el fiscal del caso, Hidalgo ha sido claro: “No constituye una violación de seguridad”.
Ha asegurado que su publicación fue una decisión consciente y autorizada por el responsable del tratamiento, y que encaja dentro de las funciones del Ministerio Público. Para ilustrarlo, ha añadido que una nota del gabinete de prensa del Tribunal Supremo tampoco se consideraría una vulneración de seguridad.
También ha explicado que no inició ninguna investigación interna porque solo actúa cuando alguien lo solicita y, en este caso, González Amador no lo hizo. Haber actuado de oficio, ha afirmado, habría sido extralimitarse.
Hidalgo de Murillo ha añadido que los fiscales no tienen obligación de comunicar cambios de teléfono o correo, y que su función se centra en responder a las quejas formales y fomentar una cultura de protección de datos.
Expedientes internos archivados
Este mismo día ha declarado también María Antonia Sanz Gaite, jefa de la Inspección Fiscal. Ha confirmado que, tras la nota del 14 de marzo, se abrieron dos expedientes a raíz de denuncias del Colegio de la Abogacía de Madrid y de Manos Limpias.
Sin embargo, quedaron en suspenso cuando el asunto pasó a manos de los tribunales, ya que la Inspección pierde competencia en cuanto el caso se judicializa. Más tarde los archivó, después de que los tribunales hicieran lo propio con las causas contra el fiscal Julián Salto y la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, al quedar “vinculada” por esas resoluciones.