Los jueces de paz no son jueces profesionales de ahí que se haya requerido a Santos Cerdán que lo haga ante un juez de instrucción. En la foto, el exnúmero 3 del PSOE con uno de sus dos abogados, Jacobo Teijelo. Foto: EP.

El Supremo no considera válido que Santos Cerdán firme ante un juez de paz, no profesional, y ordena que se haga ante un juez de instrucción

26 / 11 / 2025 05:45

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El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado que el exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán –actualmente en libertad provisional–, pueda firmar cada 15 días ante el juez de Paz de su pueblo, Milagro, en Navarra, y ha ordenado que dicha comparecencia la haga ante un juzgado de instrucción, tal como determinó el magistrado instructor del caso en el Alto Tribunal, Leopoldo Puente cuando le permitió dejar prisión.

La razón es muy simple, el juez de paz no es un juez profesional. «El Juzgado de Paz de Milagro no es un tribunal de instancia», dice la diligencia de ordenación dictada.

Por ello, el Supremo exige al exnúmero 3 del PSOE, que proceda «a designar juzgado de instrucción (actualmente tribunal de instancia) ante el que efectuar las comparecencias ‘apud acta’ acordadas».

Puente puso en libertad a Cerdán el pasado 19 de noviembre tras 4 meses y 20 días en prisión provisional por su presunto «papel principal» en la trama de adjudicación de obra pública a cambio de comisiones que se investiga en el ‘caso Koldo.

No obstante, el magistrado instructor le impuso las medidas cautelares de prohibición de salida del país y firma quincenal en sede judicial ante los fuertes indicios en su contra.

Cerdán se encontraba en la cárcel de Soto del Real (Madrid) desde el pasado 30 de junio por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.

Sus abogados, Benet Salellas y Jacobo Teijelo, pidieron hasta en cinco ocasiones su puesta en libertad, pero tanto el instructor como la Sala de Apelación lo fueron frenado, aunque en los últimos meses el propio magistrado fue avisando en sus resoluciones de que Cerdán no agotaría el plazo legal de seis meses para la prisión provisional, que se cumplía el 30 de diciembre.

Eso sí, también había advertido de que antes de dejar que saliera de prisión era necesario que los investigadores aseguraran las pruebas que podían peligrar, algo que considera que ya se ha hecho.

Puente acordó la libertad de que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil le entregara un último informe el pasado 11 de noviembre sobre las relaciones entre Acciona y Servinabar, la empresa de la que Cerdán sería dueño al 45%.

Un informe que revela que Servinabar se llevaba el 2% de lo que Acciona cobraba por las obras públicas obtenidas y que Cerdán y su familia disfrutaron del dinero captado por la sociedad navarra mediante el cobro de nóminas, el alquiler de dos pisos en Madrid -incluida la vivienda familiar– y una tarjeta de crédito donde cargaron numerosos gastos por comidas y diversas compras.

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