Isabel Winkels, decana del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y abogada de familia de larga trayectoria, fue la primera en intervenir para explicar a los senadores de la Comisión de Justicia por qué los MASCpor qué los MASC deben ser excluidos de los procesos de familia. Foto: Senado.

La abogacía de familia alerta en el Senado de que los MASC “cronifican conflictos y dejan indefensos a los menores”

10 / 12 / 2025 05:45

Isabel Winkels, vicedecana del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), y la presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Dolores López-Muelas, comparecieron ayer ante la Comisión de Justicia del Senado para reclamar la exclusión urgente de los procesos de familia con menores del requisito obligatorio de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC), impuesto por la Ley Orgánica 1/2025.

Ambas advirtieron de que, lejos de agilizar la justicia, la norma está provocando retrasos graves, inseguridad jurídica y riesgos directos para la protección de niños, niñas y adolescentes, especialmente en procedimientos urgentes y conflictos internacionales.

Winkels acudió en representación del ICAM para defender la Proposición No de Ley (PNL) presentada por la institución, cuyo objetivo es revisar el carácter obligatorio de los MASC en determinados procedimientos. Durante su intervención, entregó a los senadores el último número de la revista Otrosí, que recoge un estudio realizado sobre 1.500 abogados y abogadas madrileños.

Los datos, subrayó, son “contundentes”: el 84 % de la abogacía valora de forma muy negativa la implantación de los MASC como requisito previo, el 90 % de los asuntos acaba igualmente en el juzgado —pero con un retraso significativo— y casi la mitad de los profesionales ha tenido problemas para acreditar correctamente el intento de conciliación exigido por la ley. Por último, el 90 % percibe que generan más retrasos y funcionan como una carga, no como una solución.

La vicedecana defendió que la mediación debe ser un incentivo, no una imposición, especialmente cuando hay menores implicados.

Por ello, desde el ICAM se propone excluir su obligatoriedad en los procedimientos de familia con menores, en la jurisdicción voluntaria urgente y en los litigios transfronterizos, además de sustituir el sistema de sanciones por incentivos reales a la mediación.

La vicedecana respaldó su posición con datos objetivos del Instituto Nacional de Estadística. En 2023, el 81,6 % de los divorcios en España se resolvió de mutuo acuerdo, frente a solo un 18,4 % contencioso.

En 2024, aunque con un ligero descenso, el 79,8 % siguió siendo no contencioso. “Esto significa que ocho de cada diez abogados y abogadas ya negociamos y evitamos el conflicto judicial antes de llegar al juzgado”, explicó.

De ese 20 % que sí alcanza la vía contenciosa, solo un 5 % corresponde a conflictos de alta conflictividad. Para Winkels, imponer obligatoriamente los MASC en un ámbito tan especializado y donde el acuerdo ya es mayoritario “no solo es innecesario, sino contraproducente”.

El grave riesgo en los casos internacionales

Uno de los puntos más críticos de la intervención fue el impacto de los MASC en los procedimientos transfronterizos. Al no estar excluidos en la ley, se está generando —según denunció— una auténtica denegación de acceso a la justicia.

La obligación de notificar previamente a la parte contraria la intención de negociar provoca que el otro progenitor, si reside en el extranjero, se adelante y presente demanda en su país, dejando al ciudadano español sin posibilidad de litigar en España por aplicación del principio prior in tempore, potior in iure.

“En países como Italia o Reino Unido existen mecanismos similares, pero excluyen expresamente los asuntos internacionales. Aquí no, y eso está perjudicando gravemente a nuestros clientes”, alertó.

Relató incluso casos reales en Canarias y en Estados Unidos donde la negativa a recoger notificaciones o abrir comunicaciones ha bloqueado la interposición de demandas urgentes, generando situaciones de indefensión absoluta.

Sobre estas líneas, Dolores López-Muelas, presidenta de AEAFA, junto a la presidenta de la Comisión de Justicia del Senado, Yolanda Ibarrola. De esta Comisión forman parte representantes de seis grupos: El Grupo Parlamentario Popular, el Grupo Parlamentario Socialista, el Grupo Parlamentario Vasco, el Grupo Parlamentario Izquierdas por la Independencia, el Grupo Parlamentario Izquierda Confederal y el Grupo Parlamentario Mixto. Los miembros de estos tres últimos «excusaron» su ausencia en estas importantes comparecencias, según explicó la presidenta Ibarrola. Foto: Senado.

La presidenta de AEAFA, Dolores López-Muelas, elevó el tono al detallar las consecuencias prácticas. Menores sin pensión de alimentos durante meses, custodias sin resolver, viajes, terapias y decisiones médicas bloqueadas y pérdida pérdida de plazas escolares por falta de autorización judicial.

Cada año, recordó, más de 40.000 divorcios con hijos afectan a unos 300.000 menores en España. “Desde abril, estos niños están atrapados en un trámite obligatorio que les perjudica directamente”, subrayó.

López-Muelas recordó que el Congreso ya ha aprobado una enmienda para instar al Gobierno a modificar el artículo 5.2 de la Ley 1/2025 y excluir de los MASC obligatorios los procesos con menores, con 185 votos a favor y solo 16 en contra.

Además, un juzgado ha elevado una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional al considerar que la norma puede vulnerar la tutela judicial efectiva y el artículo 39 de la Constitución, que obliga a proteger a la infancia.

López-Muelas fue especialmente crítica con el efecto perverso que la ley está generando: “En situaciones de alta conflictividad, la negociación obligatoria solo beneficia al incumplidor, a quien quiere retrasar el procedimiento”. Casos de progenitores que no ven a sus hijos, menores sin pensión de alimentos o familias pendientes de decisiones urgentes no pueden —en palabras de la presidenta— quedar atrapados en un trámite que dilata injusticias.

Desde AEAFA se subrayó que la abogacía de familia cree firmemente en la mediación, el acuerdo y la negociación, pero no cuando estos se convierten en una obligación automática que impide el acceso efectivo a la justicia.

Urgente reforma legal

La asociación pide de forma expresa modificar el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025 para excluir de la exigencia de MASC todos los procesos de familia en los que estén implicados menores, así como aquellos en los que sea necesario adoptar medidas urgentes de alimentación, vivienda o relación con ambos progenitores.

También reclamó que, cuando el procedimiento ya esté judicializado y existan medidas provisionales o cautelares, no se imponga de forma obligatoria ningún medio alternativo, sin perjuicio de que las partes continúen negociando por vía voluntaria.

Tanto el ICAM como AEAFA coincidieron en que los MASC son útiles como herramienta voluntaria, pero no como requisito que bloquee el acceso a la justicia cuando hay derechos fundamentales en juego.

“España no puede permitirse retrasar la protección de los menores por un trámite administrativo”, concluyó López-Muelas.

Winkels, por su parte, alertó de que la actual situación está generando cronificación de conflictos, resoluciones dispares según la audiencia provincial y una grave inseguridad jurídica.

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