La Fiscalía Provincial de Madrid ha remitido un escrito al titular del juzgado de instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, en el que solicita el sobreseimiento provisional de las actuaciones dirigidas contra Iñigo Errejón por la pregunta comisión de un delito de abuso sexual a la actriz Elisa Mouliaá.
«Toda vez que practicadas cuantas diligencias de instrucción se han considerado necesarias para el esclarecimiento de los hechos no ha quedado suficientemente justificada la perpetración del delito», se lee en dicho escrito al que ha tenido acceso Confilegal.
«Si bien la denunciante ha manifestado que se sintió cohibida y que en realidad no quería una relación sexual en los términos que finalmente se desarrolló, declaración a la que damos plena veracidad, entendemos que lo que no ha quedado acreditado es que el denunciado fuera consciente por los hechos anteriores y por la forma en la que actuó la denunciante de que la relación no fuera deseada y aceptada por la misma, y cuando esta expresamente así se lo expuso, lo que ocurrió en dos ocasiones y hasta en dos ocasiones y en dos momentos distintos, cesó en su acción», apunta.
Carretero procesó a Errejón el pasado mes de noviembre
Tras un poco más de un año de investigación, en el que han declarado Mouliaá, Errejón, psiquiatras y testigos de la noche donde se cometió la presunta agresión sexual, Carretero decidió dar por concluido el pasado mes de noviembre la investigación.
El auto estipuló que, tras estas investigaciones, debe continuarse la tramitación del caso por los trámites del procedimiento abreviado, «por si los hechos investigados a Íñigo Errejón fueren constitutivos de un presunto delito de agresión sexual».
Según la denuncia de la artista, los hechos habrían tenido lugar en el marco de la presentación de un libro de Errejón y después de casi un año hablando por redes sociales. Mouliaá sostiene que al terminar el evento se fueron a tomar unas cervezas a un bar cercano y ella, que ya tenía previsto acudir esa noche a una fiesta en casa de un amigo, «por educación» invitó al dirigente a que la acompañara.
El juez consideró en el citado auto que «los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental». Por ello, entendía que el procedimiento no podía «ser archivado en esta instancia».