La defensa de Íñigo Errejón ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra un auto del Juzgado de Instrucción que rechazó considerar válida la renuncia de la actriz Elisa Mouliaá a ejercer la acusación particular en el procedimiento penal abierto contra el exdirigente político.
El escrito, de 33 páginas, solicita que se revoque la decisión judicial adoptada el 5 de marzo de 2026 y que se declare efectiva la renuncia presentada por la denunciante el 4 de febrero de ese mismo año, lo que —según sostiene la defensa— debería conducir al archivo del procedimiento.
El origen del recurso
El recurso, articulado por Eva Gimbernat, la abogada de Errejón, se presenta tras una cadena de decisiones judiciales que giran en torno a un hecho central: la retirada temporal de la acusación particular por parte de Mouliaá.
El 4 de febrero de 2026 la denunciante registró un escrito en el que manifestaba su desistimiento “total, libre, consciente e irrevocable” de la acusación particular, alegando motivos personales y de salud y el desgaste derivado de la exposición mediática del caso.
En el mismo documento solicitaba además el archivo del procedimiento en lo que respecta a su participación.
Sin embargo, Adolfo Carretero, el magistrado instructor, consideró que ese escrito no tenía validez procesal al no estar firmado por abogado y procurador, por lo que requirió a la denunciante que subsanara ese defecto formal.
Días después, la propia Mouliaá compareció ante el juzgado y comunicó que no ratificaba la renuncia, alegando que el escrito había sido redactado durante un episodio de ansiedad y que deseaba continuar con el procedimiento.
La decisión del juez
Tras esa comparecencia, el juzgado dictó un auto el 12 de febrero de 2026 en el que resolvió tres cuestiones clave: No tener por ratificada la renuncia presentada el 4 de febrero; mantener a Mouliaá como acusación particular; y continuar con la tramitación del proceso y notificar la apertura de juicio oral.
La defensa recurrió esas resoluciones mediante un recurso de reforma, que se presentó ante el propio magistrado –al que le correspondía resolver– que fue desestimado el 5 de marzo, lo que dio lugar al actual recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
El argumento central de la defensa
El núcleo jurídico del recurso sostiene que la renuncia presentada por Mouliaá es un acto personalísimo e irrevocable, que produce efectos desde el momento en que se formaliza.
Según el escrito, la Ley de Enjuiciamiento Criminal no exige que la renuncia a la acción penal sea firmada por abogado y procurador, ya que se trata de una decisión personal de la víctima.
La defensa cita varios artículos de la legislación procesal y jurisprudencia para respaldar su tesis, especialmente los artículos 106, 107 y 109 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regulan la renuncia del ofendido a las acciones penales o civiles.
También invoca la doctrina de los actos propios, según la cual una persona no puede adoptar posteriormente una conducta contradictoria con una decisión previa clara e inequívoca.
La importancia de la retirada de la acusación
El recurso sostiene que, si se considera válida la renuncia de la acusación particular y se tiene en cuenta que el Ministerio Fiscal solicitó el sobreseimiento del caso, el procedimiento debería archivarse.
La defensa argumenta que en delitos de naturaleza semipública, como los relacionados con la libertad sexual, la continuidad del proceso penal depende de la acusación de la víctima o del Ministerio Fiscal.
Por ello, considera que no sería viable que el proceso continúe únicamente impulsado por una acusación popular.
La decisión final, en manos de la Audiencia Provincial
El recurso también incorpora referencias a publicaciones y declaraciones públicas de Mouliaá en redes sociales y medios de comunicación, en las que anunció su retirada del proceso y explicó sus motivos.
Según la defensa, esas manifestaciones refuerzan la idea de que la renuncia fue expresa, consciente y deliberada, por lo que no debería poder revertirse posteriormente.
La Audiencia Provincial de Madrid deberá ahora resolver el recurso de apelación y decidir si confirma la interpretación del juzgado instructor, o considera válida la renuncia presentada por la denunciante y ordena el archivo del procedimiento.
La resolución será determinante para el futuro del caso, ya que definirá si el proceso puede continuar pese a la retirada inicial de la acusación particular o si, por el contrario, debe darse por terminado.